- Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
- ARTICULO 1107 : Los hechos o las omisiones en el cumplimiento de las obligaciones convencionales, no están comprendidos en los artículos de este título, si no...
- ARTICULO 1108 : * Derogado por la ley 17.711.
Nota de Actualización:* Texto del Código Civil: Los arts. 1070, 1071, 1073, 1074, 1075 y 1076, son apl... - ARTICULO 1109 : Todo el que ejecuta un hecho, que por su culpa o negligencia ocasiona un daño a otro, está obligado a la reparación del perjuicio. Esta obligació...
- ARTICULO 1110 : Puede pedir esta reparación, no sólo el que es dueño o poseedor de la cosa que ha sufrido el daño o sus herederos, sino también el usufructuario...
- ARTICULO 1111 : El hecho que no cause daño a la persona que lo sufre, sino por una falta imputable a ella, no impone responsabilidad alguna.
Nota:1111. L... - ARTICULO 1112 : Los hechos y las omisiones de los funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, por no cumplir sino de una manera irregular las obligacion...
- ARTICULO 1113 : La obligación del que ha causado un daño se extiende a los daños que causaren los que están bajo su dependencia, o por las cosas de que se sirve,...
- ARTICULO 1114 : * El padre y la madre son solidariamente responsables de los daños causados por sus hijos menores que habiten con ellos, sin perjuicio de la respons...
- ARTICULO 1115 : La responsabilidad de los padres cesa cuando el hijo ha sido colocado en un establecimiento de cualquier clase, y se encuentra de una manera permanen...
- ARTICULO 1116 : Los padres no serán responsables de los daños causados por los hechos de sus hijos, si probaren que les ha sido imposible impedirlos. Esta imposibi...
- ARTICULO 1117 : * Los propietarios de establecimientos educativos privados o estatales serán responsables por los daños causados u sufridos por sus alumnos menores...
- ARTICULO 1118 : Los dueños de hoteles, casas públicas de hospedaje y de establecimientos públicos de todo género, son responsables del daño causado por sus agen...
- ARTICULO 1119 : * El artículo anterior es aplicable a los capitanes de buques y patrones de embarcaciones, respecto del daño causado por la gente de la tripulaci...
- ARTICULO 1120 : Las obligaciones de los posaderos respecto a los efectos introducidos en las posadas por transeúntes o viajeros, son regidas por las disposiciones r...
- ARTICULO 1121 : Cuando el hotel o casa pública de hospedaje perteneciere a dos o más dueños, o si el buque tuviese dos capitanes o patrones, o fuesen dos o más l...
- ARTICULO 1122 : Las personas damnificadas por los dependientes o domésticos, pueden perseguir directamente ante los tribunales civiles a los que son civilmente resp...
- ARTICULO 1123 : El que paga el daño causado por sus dependientes o domésticos, puede repetir lo que hubiese pagado, del dependiente o doméstico que lo causó por ...
- ARTICULO 1124 : El propietario de un animal doméstico o feroz, es responsable del daño que causare. La misma responsabilidad pesa sobre la persona a la cual se hub...
- ARTICULO 1125 : Si el animal que hubiere causado el daño, fue excitado por un tercero, la responsabilidad es de éste, y no del dueño del animal.
Nota:1... - ARTICULO 1126 : La responsabilidad del dueño del animal tiene lugar aunque el animal, en el momento que ha causado el daño, hubiere estado bajo la guarda de los de...
- ARTICULO 1127 : Si el animal que causó el daño, se hubiese soltado o extraviado sin culpa de la persona encargada de guardarlo, cesa la responsabilidad del dueño....
- ARTICULO 1128 : Cesa también la responsabilidad del dueño, en el caso en que el daño causado por el animal hubiese provenido de fuerza mayor o de una culpa imputa...
- ARTICULO 1129 : El daño causado por un animal feroz, de que no se reporta utilidad para la guarda o servicio de un predio, será siempre imputable al que lo tenga, ...
- ARTICULO 1130 : El daño causado por un animal a otro, será indemnizado por el dueño del animal ofensor si éste provocó al animal ofendido. Si el animal ofendido...
- ARTICULO 1131 : El propietario de un animal no puede sustraerse a la obligación de reparar el daño, ofreciendo abandonar la propiedad del animal.
Nota:1... - ARTICULO 1132 : El propietario de una heredad contigua a un edificio que amenace ruina, no puede pedir al dueño de éste garantía alguna por el perjuicio eventua...
- ARTICULO 1133 : * Derogado por la ley 17.711.
Nota de Actualización:* Texto del Código Civil: Cuando de cualquier cosa inanimada resultare daño a a... - ARTICULO 1134 : * Derogado por la ley 17.711.
Nota de Actualización:* Texto del Código Civil: Tiene lugar la indemnización del daño causado por ru... - ARTICULO 1135 : Si la construcción arruinada estaba arrendada en usufructo, el perjudicado sólo tendrá derecho contra el dueño de ella. Si perteneciese a varios ...
- ARTICULO 1136 : La indemnización del daño puede ser demandada como accesoria de las denuncias de obras nuevas, acabadas o no acabadas.
SECCION TERCERA
De las oblig...
TITULO IX De las obligaciones que nacen de los hechos ilícitos que no son delitos C.C. Velez ArgentinaTITULO IX¿ Te sirvió el artículo ? Compártelo! Cantidad de vistas: 0 [ Destacado del año]: Definición de ESFERA DE ACTIVIDAD ÚLTIMAS sentencias
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