daño y revestir las características de imprevisibilidad e inevitabilidad propias de caso fortuito o fuerza mayor (Disidencia de los Dres. Eduardo Moliné O'Connor, Carlos S. Fayt, Guillermo A. F. López y Adolfo Roberto Vázquez).
DAÑOS Y PERJUICIOS. Culpa. Extracontractual.
Ya sea que se aplique el art. 1113 del Código Civil, o el art. 184 del Código de Comercio, en cuanto ambos establecen una responsabilidad objetiva del porteador por los daños sufridos por el viajero en su persona, se llega a una misma conclusión en materia de responsabilidad, pues sólo puede eximírselo total o parcialmente de sus efectos en caso de acreditar la culpa de la víctima, de un tercero 0 caso fortuito o fuerza mayor (Disidencia de los Dres.
Eduardo Moliné O'Connor, Carlos S. Fayt, Guillermo A. López y Adolfo Roberto Vázquez).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la fundamentación normativa.
Es arbitraria la sentencia que rechazó la demanda de daños y perjuicios derivados de un accidente ferroviario, si el a quo, después de haber ubicado el caso én el ámbito previsto en el art. 1113 del Código Civil, impuso una exigencia que equivale a invertir la carga de la prueba que sienta esa norma, en cuanto expresó que la víctima, "en su condición de no vidente", debió extremar las medidas de cautela" (Disidencia de los Dres. Eduardo Moliné O'Connor, Carlos S. Fayt, Guillermo A. F. López y Adolfo Roberto Vázquez).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Excesos u omisiones en el pronunciamiento.
Es arbitraria la sentencia que rechazó la demanda de daños y perjuicios derivados de un accidente ferroviario, si el a quo, omitió la valoración acerca del cumplimiento de las condiciones de seguridad que impone el art. 11 de la ley 2873 (Disidencia de los Dres. Eduardo Moliné O'Connor, Carlos S.
Fayt, Guillermo A. F. López y Adolfo Roberto Vázquez).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Excesos u omisiones en el pronunciamiento.
Es arbitraria la sentencia que rechazó la demanda de daños y perjuicios derivados de un accidente ferroviario, si el a quo, consideró una defensa no invocada por la empresa demandada: los presuntos efectos de la ingesta de alcohol por parte de la víctima ( Disidencia de los Dres. Eduardo Moliné O'Connor, Carlos S. Fayt, Guillermo A. F. López y Adolfo Roberto Vázquez).
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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:2481
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