divorcio express

Debate discusiones y resoluciones sobre el nuevo Codigo Civil y Comercial de Argentina
Responder
dolmedo136
Mensajes: 1
Registrado: Jue Oct 08, 2015 2:07 am

divorcio express

Mensaje por dolmedo136 »

Quiero divorciarme y tengo la duda que si yo misma me puedo patrocinar ya que soy abogada. Asimismo no se el domicilio de mi esposo y a los muchos años que el se fue, yo compre una casa. Necesito saber, sino no se el domicilio de mi esposo, como debo proceder, Me presento igual unilateralmente?
Como queda el bien si yo lo compre?. Como se notifica mi esposo, ya se que es por edictos. Pero creo que el esta en el EXTERIOR. Hay jurisprudencia al respecto? diana laura olmedo matricula 9156 mendoza
Ulpiano
Mensajes: 63
Registrado: Mié Sep 02, 2015 3:48 pm

Re: divorcio express

Mensaje por Ulpiano »

Estimada, muy buen caso a resolver. Primero vamos a ver las cuestiones de fondo, y luego las de procedimiento.
Los cónyuges, de manera conjunta o unilateral, pueden solicitar el divorcio ante el juez competente sin tener que alegar causa ni prever plazo alguno. Esta es una de las instituciones que mayores cambios ha tenido a partir de la sanción del Código Civil y Comercial de 2014, teniendo en cuenta que a partir de este código nuestro ordenamiento recepta el divorcio incausado y sin someter la posibilidad de peticionarlo a ningún plazo.
Se establece el procedimiento de divorcio en el art. http://universojus.com/codigo-civil-com ... ticulo-438, y efectivamente puede iniciarla UNILATERALMENTE.
Junto con la demanda de divorcio deberá acompañarse un convenio regulador que contemple los efectos de la disolución del vínculo. Entre ellos podríamos nombrar la atribución de la vivienda, distribución de los bienes, eventuales compensaciones económicas entre los cónyuges, y en caso de haber hijos menores, ejercicio de la responsabilidad parental, la prestación alimentaria, etcétera. La presentación de este convenio es un verdadero requisito de admisibilidad de la demanda, atento a que la omisión de este requisito impide dar trámite a la misma. El convenio puede ser consensuado entre los esposos, o bien ofrecido por uno solo de ellos. En este último caso, el otro cónyuge puede ofrecer una propuesta reguladora distinta. Ambas propuestas van a ser evaluadas por el juez, quien convocará a los cónyuges a una audiencia.
Ahora bien, hay que tener en cuenta que en ningún caso el desacuerdo en el convenio suspende el dictado de la sentencia de divorcio. Por ello, de existir
“desacuerdo sobre los efectos del divorcio, o si el convenio regulador perjudica de modo manifiesto los intereses de los integrantes del grupo familiar, las
cuestiones pendientes deben ser resueltas por el juez”

Competencia: Si se trata del pedido unilateral de divorcio, es decir, si uno solo de los cónyuges es quien solicita el divorcio,
será competente el juez del último domicilio conyugal o el del demandado a elección del actor.
El bien por el cual compró deberia referirse en el convenio regulador.
Por las normas procedimentales, puede patrocinarse a si misma.
Con respecto a las notificaciones habria que ver el codigo procesal civil de la provincia donde se inicia el divorcio.

Saludos
Responder
Apoya al sitio: Invitame un café en cafecito.app