HECUNSO EXTRAORDINARIO: Requistos propios. Relación directa. Sentencias con fundomentos no federales o federales consentidos.
La mera invocición de La ley 19101 no basta para tener por comtieurada una cuestion federal atemdible por la vía del at, 14 de la fey 48, pues pura que esto suceda es menester que la cuestión oportunamente propuesta al tribunal de la causa se víncule de una manera estrecha con la materia del litigio. de modo tal que so difucidación resulte indispensable para Ly decisón del juicio. ya que los fallas que tienen tundamentos no federales suficientes para sustentarlos son irrevisables en Li instancia extraordinaria pues la presencia de aquéllos impide considerar otros de indole federal que pudiera contener la sentencia, por falta de relación directa ('), RECUNSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Sentencias con fundamentos no federales o federales consentidos. Fundamentos de hecho.
No procede el recurso extraordinario sí la sentencia, sobre la hase de consideraciones de hecho y prueba. descartó la aplicabilidad al caso de la Tey 19.101, que invoca Ta demandada, y resolvió —en función de Las hormas de derecho común en que se había fundado la demanda— que La indebida incorporación a los cuadros militares del causante a raiz de un evamen médico deficiente o negligentemente cumplido, fue lo que ocasionó un daño resarcible (2), DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad del Estado. Casos varios.
Si quienes accionan son los padres del militar (soldado conseripto) y la demandada no acreditó que los mismos se encontrasen en la situación que prevé el art 82, inc. 59, de la ley 19.101, resulta vílido aplicar las reglas que rigen la responsabilidad extracontractual del Estado, a las cuales se encuentra sometido en virtud de lo dispuesto por los arts. 33, 43, 1109, 1112 y 1113 del Código Civil (>).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requísitos propios. Cuestiones no federales. Ins terpretación de normas locales de procedimientos, Costas y honorarios.
La determinación del monto del litigio, la apreciación de los trabajos profesionales cumplidos y la interpretación y aplicación de las normas arancrlarias constituyen matería ajena al recurso del art, 14 de 1 ley 48 0n razón del carácter fáctico y procesal de tales cuestiones, que impide su tratamiento en la instancia extraordinaria (+).
') Fallos: 255164; 268:247 : 269:43 ; 273:303 .
17) Fallos: 270:233 .
15) Fallos: 300:709 .
0) Fallos: 299:307 , 302:253 , 325, 334, 1135.
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Año: 1982, CSJN Fallos: 304:1700
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