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Fallos: 319:736 de la CSJN Argentina - Año: 1996

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RAUL ORESTES TETTAMANTI y OTROS v.


ORLANDO ATILIO BACCINO y OTROS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la consideración de extremos conducentes.

Es arbitraria la sentencia que ha prescindido, sin dar argumentos suficientes, de la consideración de agravios conducentes para la adecuada solución del litigio, con evidente menoscabo de garantías constitucionales y de la correcta fundamentación exigible a los fallos judiciales.

DAÑOS Y PERJUICIOS: Culpa. Extracontractual. .

Tratándose de un caso de responsabilidad aquiliana, la aceptación de los riesgos normales de un viaje por el menor, o por su padre que coloca a su hijo en una situación de riesgo, no es causal de supresión ni de disminución de responsabilidad, por aplicación de los principios que emanan de los arts. 1109 y 1111 del Código Civil.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la consideración de extremos conducentes.

Es arbitraria la sentencia que liberó de responsabilidad al codemandado en un accidente en virtud del carácter benévolo del transporte, si la confusión conceptual en que ha incurrido el a quo condujo a crear una causal de exención de responsabilidad no contemplada en las normas vigentes.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales. Es condición de validez de un fallo judicial que él sea conclusión razonada del derecho vigente con aplicación a las circunstancias comprobadas de la causa.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.

El recurso extraordinario contra la sentencia que liberó de responsabilidad al codemandado por un accidente de transporte, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) (Disidencia de los Dres. Julio S. Nazareno y Antonio Boggiano).

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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:736 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-319/pagina-736

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