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Fallos: 327:106 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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327
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 17 de febrero de 2004.

Vistos los autos: "Igualt Pérez, Mario s/ extradición".

Considerando:

Que en el sub lite confluyen circunstancias excepcionales, debidamente reseñadas por el señor Procurador Fiscal ante este Tribunal en el dictamen que antecede.

Que en virtud de ello, teniendo en cuenta el estado del trámite y en aras de soslayar la afectación al derecho a una efectiva y sustancial defensa, el Tribunal resuelve:

Conceder a la actual defensa de Mario Igualt Pérez el término de diez días para que funde la apelación interpuesta contra la resolución de fs. 340/346. Notifíquese.


ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — AuGusto C£sar BeLLuscio — ANTONIO
BoccIAno — ApoLro Roserto VAZQUEZ — JUAN CARLOs MAQuEDA — E.

RAÚL ZAFFARONI.
LA REPUBLICA COMPAÑIA ve SEGUROS GENERALES S.A.

v. UNITED AIRLINES y OTRO RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos comunes.

Es ajeno al recurso extraordinario el pronunciamiento que —al hacer lugar a la demanda promovida por la aseguradora para recuperar el pago efectuado a raíz del robo perpetrado en un aeropuerto- atribuyó responsabilidad al Estado Nacional, no sobre la base de disposiciones de la ley 21.521, sino sobre la idea objetiva de "falta de servicio", pues se trata de un tema de derecho común, que encuentra su fundamento en la aplicación por vía subsidiaria del art. 1112 del Código Civil.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:106 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-106

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