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Fallos: 327:266 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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las actuaciones la justicia nacional en lo civil y comercial federal. Remítanse a la Cámara Nacional de Apelaciones de dicho fuero, a sus efectos, y hágase saber a la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 8.


ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO — CARLOS S.

FAYT — ANTONIO BocGiANo — ADOLFO ROBERTO VÁZQUEZ — JUAN CARLOS
MAQUEDA.
ALICIA HAYDEE FRUTOS v. FINEXCOR S.A.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia. Cuestiones civiles y comerciales. Daños y perjuicios.

Debe enmarcarse en el ámbito del derecho civil la acción que reposa vertebralmente en una reparación integral por responsabilidad extracontractual derivada de actos ilícitos con fundamento en los arts, 1068, 1069, 1077, 1078, 1082, 1109 y 1113 del Código Civil si el accionante pretende encuadrar su reclamo en el marco de las previsiones contenidas en el art. 39, inc. 49, disposición que admite la posibilidad del damnificado o sus derechohabientes de efectuar reclamos por contingencias ocurridas al trabajador por daños causados por un tercero ajenos a la relación de trabajo y en ningún momento lo encuadró en la ley de accidentes de trabajo, ni en eventuales diferencias que pudieran adeudársele con motivo de una indemnización abonada en el marco de una relación laboral.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

—I-

Surge de las actuaciones que el actor promovió demanda por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 78, contra Finexcor S.A. peticionando el pago de una indemnización en concepto de daños y perjuicios, derivada de la supuesta enfermedad profesional que invoca haber sufrido, que le ocasionó según dice lesiones incapa

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:266 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-266

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