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- ARTICULO 328 :- FORMA DE LA DEMANDA.- La demanda será deducida por escrito y contendrá:
1.- El nombre y domicilio del demandante.
2.- El nombre y domicilio del ... - ARTICULO 329 :- TRANSFORMACIÓN Y AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA.- El actor podrá modificar la demanda antes de que ésta sea notificada. Podrá, asimismo, ampliar la c...
- ARTICULO 330 :- AGREGACIÓN DE LA PRUEBA DOCUMENTAL Y OFRECIMIENTO DE LA CONFESIONAL.- Con la demanda, reconvención y contestación de ambas, deberá acompañarse ...
- ARTICULO 331 :- HECHOS NO INVOCADOS EN LA DEMANDA O CONTRADEMANDA.- Cuando en el responde de la demanda o de la reconvención se alegaren hechos no invocados en la ...
- ARTICULO 332 :- DOCUMENTOS POSTERIORES O DESCONOCIDOS.- Después de interpuesta la demanda, no se admitirán al actor sino documentos de fecha posterior, o anterior...
- ARTICULO 333 :- DEMANDA Y CONTESTACIÓN CONJUNTAS.- El demandante y el demandado, de común acuerdo, podrá presentar al juez la demanda y contestación en la forma...
- ARTICULO 334 :- RECHAZO "IN LIMINE".- Los jueces podrán rechazar de oficio las demandas que no se ajusten a las reglas establecidas, expresando el defecto que cont...
- ARTICULO 335 :- TRASLADO DE LA DEMANDA.- Presentada la demanda en la forma prescripta, el juez dará traslado de ella al demandado para que comparezca y la conteste...
- ARTICULO 336 :- DEMANDADO DOMICILIADO O RESIDENTE EN LA JURISDICCIÓN DEL JUZGADO.- La citación se hará por medio de cédula que se entregará al demandado en su ...
- ARTICULO 337 :- DEMANDADO RESIDENTE O DOMICILIADO FUERA DE LA JURISDICCIÓN PROVINCIAL.- Cuando la persona que ha de ser citada no se domiciliare en jurisdicción d...
- ARTICULO 338 :- PROVINCIA DEMANDADA.- En las causas en que la provincia fuere parte la citación se hará por oficio dirigido al Gobernador y al Fiscal de Estado o ...
- ARTICULO 339 :- AMPLIACIÓN Y FIJACIÓN DE PLAZO.- Cuando la persona que ha de ser citada se domiciliare o residiere dentro de la república y fuera del lugar del a...
- ARTICULO 340 :- DEMANDADO INCIERTO O CON DOMICILIO O RESIDENCIA IGNORADOS.- La citación a personas inciertas o cuyo domicilio o residencia se ignorare se hará por...
- ARTICULO 341 :- DEMANDADOS CON DOMICILIOS O RESIDENCIAS EN DIFERENTES JURISDICCIONES.- Si los demandados fuesen varios y se hallaren en diferentes jurisdicciones, e...
- ARTICULO 342 :- CITACIÓN DEFECTUOSA.- Si la citación se hiciere en contravención a lo prescripto en los artículos que preceden, será nula y se aplicará lo d...
- ARTICULO 343 :- FORMA DE DEDUCIRLAS. PLAZO Y EFECTOS.- Las excepciones que se mencionan en el artículo siguiente se opondrán únicamente como de previo y especi...
- ARTICULO 344 :- EXCEPCIONES ADMISIBLES.- Sólo se admitirán como previas las siguientes excepciones:
1.- Incompetencia 2.- Falta de personería en el demandante... - ARTICULO 345 :- ARRAIGO.- Si el demandante no tuviere domicilio ni bienes inmuebles en la República, será también excepción previa la del arraigo por las respon...
- ARTICULO 346 :- REQUISITOS DE ADMISIÓN.- No se dará curso a las excepciones:
1.- Si la de incompetencia lo fuere por razón de distinta nacionalidad y no se acom... - ARTICULO 347 :- PLANTEAMIENTO DE LAS EXCEPCIONES Y TRASLADO.- Con el escrito en que se propusieren las excepciones, se agregará toda la prueba instrumental y se of...
- ARTICULO 348 :- AUDIENCIA DE PRUEBA.- Vencido el plazo con o sin respuesta el juez designará audiencia dentro de diez días para recibir la prueba ofrecida, si l...
- ARTICULO 349 :- EFECTOS DE LA RESOLUCIÓN QUE DESESTIMA LA EXCEPCIÓN DE INCOMPETENCIA.- Una vez firme la resolución que desestima la excepción de incompetencia, ...
- ARTICULO 350 :- RESOLUCIÓN Y RECURSOS.- El juez resolverá previamente sobre la declinatoria y la litispendencia.
En caso de declararse competente, resolverá al ... - ARTICULO 351 :- EFECTOS DE LA ADMISIÓN DE LAS EXCEPCIONES.- Una vez firme la resolución que declarare procedentes las excepciones previas, se procederá:
1.- A r... - ARTICULO 352 :- PLAZO.- El demandado deberá contestar la demanda dentro del plazo establecido en el artículo 335, con la ampliación que corresponda en razón d...
- ARTICULO 353 :- CONTENIDO Y REQUISITOS.- En la contestación opondrá el demandado todas las excepciones o defensas de que intente valerse.
Deberá, además:
1.- ... - ARTICULO 354 :- RECONVENCIÓN.- En el mismo escrito de contestación deberá el demandado deducir reconvención, en la forma prescripta para la demanda, si se creye...
- ARTICULO 355 :- TRASLADO DE LA RECONVENCIÓN Y DE LOS DOCUMENTOS.- Propuesta la reconvención, o presentándose documentos por el demandado, se dará traslado al ac...
- ARTICULO 356 :- TRÁMITE POSTERIOR SEGÚN LA NATURALEZA DE LA CUESTIÓN.- Contestado el traslado de la demanda o reconvención, en su caso, o vencidos los plazos pa...
- ARTICULO 357 :- DEROGADO.- Según artículo 2 de la ley Nº 1397.
Texto Anterior derogado: APERTURA A PRUEBA.- Siempre que se hayan alegado hechos conducentes ac... - ARTICULO 358 :- AUDIENCIA PRELIMINAR.- A los fines del artículo precedente el juez citará a las partes a una audiencia, que presidirá, con carácter indelegabl...
- ARTICULO 359 :- PRESCINDENCIA DE APERTURA A PRUEBA POR CONFORMIDAD DE PARTES.- Si dentro de los cinco días de celebrada la audiencia preliminar, todas las partes...
- ARTICULO 360 :- CLAUSURA DEL PERÍODO DE PRUEBA.- El período de prueba quedará clausurado antes de su vencimiento, sin necesidad de declaración expresa, cuando...
- ARTICULO 361 :- PERTINENCIA Y ADMISIBILIDAD DE LA PRUEBA.- No podrán producirse pruebas sino sobre hechos que hayan sido articulados por las partes en sus escritos...
- ARTICULO 362 :- HECHOS NUEVOS.- Cuando con posterioridad a la contestación de la demanda o reconvención, ocurriese o llegase a conocimiento de las partes algún h...
- ARTICULO 363 :- INAPELABILIDAD.- La resolución que admitiere el hecho nuevo será inapelable.
La que lo rechazare será apelable en efecto diferido.
- ARTICULO 364 :- PLAZO DE PRODUCCIÓN DE PRUEBA.- El plazo de producción de prueba será fijado por el juez, y no excederá de cuarenta días.
Dicho plazo es com... - ARTICULO 365 :- DEROGADO.- Según artículo 2 de la ley Nº 1397.
Texto Anterior derogado: FIJACIÓN Y CONCENTRACIÓN DE LAS AUDICIENCIAS.- Las audiencias deber... - ARTICULO 366 :- PRUEBA A PRODUCIR EN EL EXTRANJERO.- La prueba que deba producirse fuera de la República deberá ser ofrecida dentro del plazo o en la oportunidad ...
- ARTICULO 367 :- ESPECIFICACIONES.- Si se tratare de prueba testimonial, deberán expresarse los nombres, profesión y domicilio de los testigos y acompañarse los i...
- ARTICULO 368 :- CUADERNOS DE PRUEBA.- En la audiencia preliminar el juez decidirá acerca de la conveniencia o necesidad de formar cuadernos separados de la prueba ...
- ARTICULO 369 :- FACULTAD DE LA CONTRAPARTE. DEBER DEL JUEZ.- La parte contraria y el juez tendrán, respectivamente, la facultad y el deber atribuidos por el artí...
- ARTICULO 370 :- PRESCINDENCIA DE PRUEBA NO ESENCIAL.- Si producidas todas las demás pruebas quedare pendiente en todo o en parte únicamente la que ha debido produ...
- ARTICULO 371 :- COSTAS.- Cuando sólo una de las partes hubiere ofrecido prueba a producir fuera de la República y no la ejecutare oportunamente, serán a su cargo...
- ARTICULO 372 :- CONTINUIDAD DEL PLAZO DE PRUEBA.- Salvo en los supuestos del artículo 157, el plazo de prueba no se suspenderá.
- ARTICULO 373 :- CONSTANCIAS DE EXPEDIENTES JUDICIALES.- Cuando la prueba consistiere en constancias de otros expedientes judiciales no terminados, la parte agregar...
- ARTICULO 374 :- CARGA DE LA PRUEBA.- Incumbirá la carga de la prueba a la parte que afirme la existencia de un hecho controvertido o de un precepto jurídico que...
- ARTICULO 375 :- MEDIOS DE PRUEBA.- La prueba deberá producirse por los medios previstos expresamente por la ley y por los que el juez disponga, a pedido de parte o...
- ARTICULO 376 :- INAPELABILIDAD.- Serán inapelables las resoluciones del juez sobre producción, denegación y sustanciación de las pruebas; si se hubiere negado a...
- ARTICULO 377 :- DEROGADO.- Según artículo 2 de la ley Nº 1397.
Texto Anterior derogado: CUADERNOS DE PRUEBA.- Se formará cuaderno separado de la prueba de ca... - ARTICULO 378 :- PRUEBA DENTRO DEL RADIO DEL JUZGADO.- Los jueces asistirán a las actuaciones de prueba que deban practicarse fuera de la sede del juzgado o tribuna...
- ARTICULO 379 :- PRUEBA FUERA DEL RADIO DEL JUZGADO.- Cuando las actuaciones deban practicarse fuera del radio urbano, pero dentro de la circunscripción judicial, l...
- ARTICULO 380 :- PLAZO PARA EL LIBRAMIENTO Y DILIGENCIAMIENTO DE OFICIOS Y EXHORTOS.- Las partes, oportunamente, deberán gestionar el libramiento de los oficios y e...
- ARTICULO 381 :- NEGLIGENCIA.- Las medidas de prueba deberán ser pedidas, ordenadas y practicadas dentro del plazo.
A los interesados incumbe urgir para que sean d... - ARTICULO 382 :- PRUEBA PRODUCIDA Y AGREGADA.- Se desestimará el pedido de declaración de negligencia cuando la prueba se hubiere producido y agregado antes de ven...
- ARTICULO 383 :- APRECIACIÓN DE LA PRUEBA.- Salvo disposición legal en contrario, los jueces formarán su convicción respecto de la prueba, de conformidad con las...
- ARTICULO 384 :- EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS.- Las partes y los terceros en cuyo poder se encuentren documentos esenciales para la solución del litigio, estarán obli...
- ARTICULO 385 :- DOCUMENTO EN PODER DE UNA DE LAS PARTES.- Si el documento se encontrare en poder de una de las partes, se le intimará su presentación en el plazo ...
- ARTICULO 386 :- DOCUMENTOS EN PODER DE TERCEROS.- Si el documento que deba reconocerse en poder de tercero, se le intimará para que lo presente.
Si lo acompañare... - ARTICULO 387 :- COTEJO.- Si el requerido negare la firma que se le atribuye o manifestara no conocer la que se atribuya a otra persona, deberá procederse a la comp...
- ARTICULO 388 :- INDICACIÓN DE DOCUMENTOS PARA EL COTEJO.- En los escritos a que se refiere el artículo 457, las partes indicarán los documentos que han de serv...
- ARTICULO 389 :- ESTADO DEL DOCUMENTO.- A pedido de parte, el secretario certificará sobre el estado material del documento cuya comprobación se trate, indicando l...
- ARTICULO 390 :- DOCUMENTOS INDUBITADOS.- Si los interesados no se hubiesen puesto de acuerdo en la elección de documentos para la pericia, el juez sólo tendrá po...
- ARTICULO 391 :- CUERPO DE ESCRITURA.- A falta de documentos indubitados, o siendo ellos insuficientes, el juez podrá ordenar que la persona a quien se atribuya la ...
- ARTICULO 392 :- REDARGUCIÓN DE FALSEDAD.- La redargución de falsedad de un instrumento público tramitará por incidente que deberá promoverse dentro del plazo d...
- ARTICULO 393 :- PROCEDENCIA.- Los informes que se soliciten a las oficinas públicas, escribanos con registro y entidades privadas deberán versar sobre hechos conc...
- ARTICULO 394 :- SUSTITUCIÓN O AMPLIACIÓN DE OTROS MEDIOS PROBATORIOS.- No será admisible el pedido de informes que manifiestamente tienda a sustituir o a ampliar...
- ARTICULO 395 :- RECAUDOS. PLAZOS PARA LA CONTESTACIÓN.- Las oficinas públicas y las entidades privadas deberán contestar el pedido de informes o remitir el exped...
- ARTICULO 396 :- DEROGADO.- Según artículo 2 de la ley Nº 1397.
Texto Anterior derogado: RETARDO.- Si por circunstancias atendibles el requerimiento no pudiere... - ARTICULO 397 :- ATRIBUCIONES DE LOS LETRADOS PATROCINANTES.- Los pedidos de informes, testimonios y certificados, así como la remisión de expedientes ordenados ...
- ARTICULO 398 :- COMPENSACIÓN.- Las entidades privadas que no fueren parte en el proceso, al presentar el informe y si los trabajos que han debido efectuar para con...
- ARTICULO 399 :- CADUCIDAD.- Si vencido el plazo fijado para contestar el informe, la oficina pública o entidad privada no lo hubiere remitido, se tendrá por desis...
- ARTICULO 400 :- IMPUGNACIÓN POR FALSEDAD.- Sin perjuicio de la facultad de la otra parte de formular las peticiones tendientes a que los informes sean completos y ...
- ARTICULO 401 :- FORMA.- Las posiciones se formularán bajo juramento o promesa de decir verdad y deberán versar sobre aspectos concernientes a la cuestión que se ...
- ARTICULO 402 :- QUIENES PUEDEN SER CITADOS.- Podrán, asimismo, ser citados a absolver posiciones:
1.- Los representantes de los incapaces por los hechos en que ha... - ARTICULO 403 :- ELECCIÓN DEL ABSOLVENTE.- La persona jurídica, sociedad o entidad colectiva podrá oponerse, dentro del quinto día de notificada la audiencia...
- ARTICULO 404 :- DECLARACIÓN POR OFICIO.- Cuando litigare la Provincia, una Municipalidad o una repartición municipal o provincial, la declaración deberá requeri...
- ARTICULO 405 :- POSICIONES SOBRE INCIDENTES.- Si antes de la contestación se promoviese algún incidente, podrán ponerse posiciones sobre lo que sea objeto de aqu...
- ARTICULO 406 :- FORMA DE LA CITACIÓN.- El que deba declarar será citado por cédula, bajo apercibimiento de que si dejare de comparecer sin justa causa será teni...
- ARTICULO 407 :- RESERVA DEL PLIEGO E INCOMPARECENCIA DEL PONENTE.- La parte que pusiese las posiciones podrá reservarlas hasta la audiencia en que deba tener lugar...
- ARTICULO 408 :- FORMA DE LAS POSICIONES.- Las posiciones serán claras y concretas; no contendrán más de un hecho; serán redactadas en forma afirmativa y deberá...
- ARTICULO 409 :- FORMA DE LAS CONTESTACIONES.- El absolvente responderá por sí mismo de palabra y en presencia del contrario, si asistiese, sin valerse de consej...
- ARTICULO 410 :- CONTENIDO DE LAS CONTESTACIONES.- Si las posiciones se refieren a hechos personales, las contestaciones deberán ser afirmativas o negativas.
El ab... - ARTICULO 411 :- POSICIÓN IMPERTINENTE.- Si la parte estimare impertinente una pregunta, podrá negarse a contestarla en la inteligencia de que el juez podrá tener...
- ARTICULO 412 :- INTERROGATORIO DE LAS PARTES.- El juez podrá interrogar de oficio a las partes en cualquier estado del proceso y éstas podrán hacerse recíproc...
- ARTICULO 413 :- DEROGADO.- Según artículo 2 de la ley Nº 1397. Texto Anterior derogado: FORMA DEL ACTA.- Las declaraciones serán extendidas por el secretario ...
- ARTICULO 414 :- CONFESIÓN FICTA.- Si el citado no compareciere a declarar dentro de la media hora de la fijada para la audiencia, o si habiendo comparecido rehusar...
- ARTICULO 415 :- ENFERMEDAD DEL DECLARANTE.- En caso de enfermedad del que deba declarar, el juez o uno de los miembros del Superior Tribunal o de las Cámaras, comi...
- ARTICULO 416 :- JUSTIFICACIÓN DE LA ENFERMEDAD.- La enfermedad deberá justificarse con anticipación suficiente a la audiencia, mediante certificado médico. En ...
- ARTICULO 417 :- LITIGANTE DOMICILIADO FUERA DE LA SEDE DEL JUZGADO.- La parte que tuviere domicilio a menos de trescientos kilómetros del asiento del juzgado, debe...
- ARTICULO 418 :- AUSENCIA DEL PAÍS.- Si se hallare pendiente la absolución de posiciones, la parte que tuviere que ausentarse del país, deberá requerir al juez...
- ARTICULO 419 :- POSICIONES EN SEGUNDA INSTANCIA.- Las posiciones en segunda instancia podrán pedirse en la oportunidad prevista por el artículo 258 inc. 4º).
- ARTICULO 420 :- EFECTOS DE LA CONFESIÓN EXPRESA.- La confesión judicial expresa constituirá plena prueba, salvo cuando:
1.- Dicho medio de prueba estuviere excl... - ARTICULO 421 :- ALCANCE DE LA CONFESIÓN.- En caso de duda, la confesión deberá interpretarse en favor de quien la hace.
La confesión es indivisible, salvo cuan... - ARTICULO 422 :- CONFESIÓN EXTRAJUDICIAL.- La confesión hecha fuera de juicio, por escrito o verbalmente, frente a la parte contraria o a quien la represente, obli...
- ARTICULO 423 :- PROCEDENCIA.- Toda persona mayor de catorce años podrá ser propuesta como testigo y tendrá el deber de comparecer y declarar, salvo las excepcion...
- ARTICULO 424 :- TESTIGOS EXCLUIDOS.- No podrán ser ofrecidos como testigos los consanguíneos o afines en línea directa de las partes, ni el cónyuge, aunque ...
- ARTICULO 425 :- OPOSICIÓN.- Sin perjuicio de la facultad del juez de desestimar de oficio y sin sustanciación alguna el ofrecimiento de prueba testimonial que no ...
- ARTICULO 426 :- OFRECIMIENTO.- Cuando las partes pretendan producir prueba de testigos, deberán presentar una lista de ellos con expresión de sus nombres, profesi...
- ARTICULO 427 :- NÚMERO DE TESTIGOS.- Los testigos no podrán exceder de ocho por cada parte.
Si se hubiere propuesto mayor número se citará a los ocho primeros,... - ARTICULO 428 :- AUDIENCIA.- Si la prueba testimonial fuese admisible en el caso, el juez mandará recibirla en la audiencia que señalará, en las condiciones previ...
- ARTICULO 429 :- CADUCIDAD DE LA PRUEBA.- A pedido de parte y sin sustanciación alguna, se tendrá por desistida del testigo a la parte que lo propuso si:
1.- No h... - ARTICULO 430 :- FORMA DE LA CITACIÓN.- La citación a los testigos se efectuará por cédula. Ésta deberá diligenciarse con tres días de anticipación por lo ...
- ARTICULO 431 :- CARGA DE LA CITACIÓN.- El testigo será citado por el juzgado, salvo cuando la parte que lo propuso asumiera la carga de hacerlo comparecer a la au...
- ARTICULO 432 :- INASISTENCIA JUSTIFICADA.- Además de las causas de justificación de la inasistencia libradas a la apreciación judicial, lo serán las siguientes:...
- ARTICULO 433 :- TESTIGO IMPOSIBILITADO DE COMPARECER.- Si alguno de los testigos se hallase imposibilitado de comparecer al juzgado o tuviere alguna otra razón ate...
- ARTICULO 434 :- INCOMPARECENCIA Y FALTA DE INTERROGATORIO.- Si la parte que ofreció el testigo no concurriere a la audiencia por sí o por apoderado y no hubiese...
- ARTICULO 435 :- PEDIDO DE EXPLICACIONES A LAS PARTES.- Si las partes estuviesen presentes, el juez o el secretario, en su caso, podrá pedirles las explicaciones qu...
- ARTICULO 436 :- ORDEN DE LAS DECLARACIONES.- Los testigos estarán en un lugar desde donde no puedan oír las declaraciones de los otros.
Serán llamados sucesiv... - ARTICULO 437 :- JURAMENTO O PROMESA DE DECIR VERDAD.- Antes de declarar, los testigos prestarán juramento o formularán promesa de decir verdad, a su elección, y ...
- ARTICULO 438 :- INTERROGATORIO PRELIMINAR.- Aunque las partes no lo pidan, los testigos serán siempre preguntados:
1.- Por su nombre, edad, estado, profesión y d... - ARTICULO 439 :- FORMA DEL EXAMEN.- Los testigos serán libremente interrogados, por el juez o por quien lo reemplace legalmente, acerca de lo que supieren sobre los...
- ARTICULO 440 :- FORMA DE LAS PREGUNTAS.- Las preguntas no contendrán más de un hecho; serán claras y concretas; no se formularán las que estén concebidas en t...
- ARTICULO 441 :- NEGATIVA A RESPONDER.- El testigo podrá rehusarse a contestar las preguntas:
1.- Si la respuesta lo expusiere a enjuiciamiento penal o comprometie... - ARTICULO 442 :- FORMA DE LAS RESPUESTAS.- El testigo contestará sin poder leer notas o apuntes, a menos que por la índole de la pregunta se le autorizara.
En e... - ARTICULO 443 :- INTERRUPCIÓN DE LA DECLARACIÓN.- Al que interrumpiese al testigo en su declaración podrá imponérsele una multa que no exceda de 20 jus.
En cas... - ARTICULO 444 :- PERMANENCIA.- Después de prestar su declaración, los testigos permanecerán en la sala del juzgado hasta que concluya la audiencia, a no ser que e...
- ARTICULO 445 :- CAREO.- Se podrá decretar el careo entre testigos o entre éstos y las partes.
Si por residir los testigos o las partes en diferentes lugares el c... - ARTICULO 446 :- FALSO TESTIMONIO U OTRO DELITO.- Si las declaraciones ofreciesen indicios graves de falso testimonio u otro delito, el juez podrá decretar la deten...
- ARTICULO 447 :- SUSPENSIÓN DE LA AUDIENCIA.- Cuando no puedan examinarse todos los testigos el día señalado, se suspenderá el acto para continuarlo en los sig...
- ARTICULO 448 :- RECONOCIMIENTO DE LUGARES.- Si el reconocimiento de algún sitio contribuyese a la eficacia del testimonio, podrá hacerse en él el examen de los t...
- ARTICULO 449 :- PRUEBA DE OFICIO.- El juez podrá disponer de oficio la declaración en el carácter de testigos, de personas mencionadas por las partes en los escr...
- ARTICULO 450 :- TESTIGOS DOMICILIADOS FUERA DEL LUGAR DEL ASIENTO DEL JUZGADO O TRIBUNAL.- En el escrito de ofrecimiento de prueba, la parte que hubiese presentado ...
- ARTICULO 451 :- DEPÓSITO Y EXAMEN DE LOS INTERROGATORIOS.- En el caso del artículo anterior el interrogatorio quedará a disposición de la parte contraria, la ...
- ARTICULO 452 :- DEROGADO.- Según artículo 2 de la ley Nº 1397.
Texto Anterior derogado: DEMORA EN LA FIJACIÓN DE LAS AUDIENCIAS.- Si la audiencia hubiese sid... - ARTICULO 453 :- DEROGADO.- Según artículo 2 de la ley Nº 1397.
Texto Anterior derogado: PEDIDO DE AUDIENCIA.- Si el pedido de audiencia a que se refiere el ar... - ARTICULO 454 :- EXCEPCIONES A LA OBLIGACIÓN DE COMPARECER.- Exceptúase de la obligación de comparecer a prestar declaración a los funcionarios que determine la ...
- ARTICULO 455 :- IDONEIDAD DE LOS TESTIGOS.- Dentro del plazo de prueba las partes podrán alegar y probar acerca de la idoneidad de los testigos.
El juez apreciar... - ARTICULO 456 :- PROCEDENCIA.- Será admisible la prueba pericial cuando la apreciación de los hechos controvertidos requiriere conocimientos especiales en alguna c...
- ARTICULO 457 :- DESIGNACIÓN. PUNTOS DE PERICIA.- Al ofrecer la prueba pericial se indicará la especialización que ha de tener el perito y se propondrán los punt...
- ARTICULO 458 :- DETERMINACIÓN DE LOS PUNTOS DE PERICIA.- Contestada la vista que correspondiera según el artículo anterior o vencido el plazo para hacerlo, en ...
- ARTICULO 459 :- ACUERDO DE PARTES.- Antes de que el juez ejerza la facultad que le confiere el artículo 458, las partes de común acuerdo, podrán presentar un e...
- ARTICULO 460 :- ANTICIPO DE GASTOS.- Si el perito lo solicitare dentro del tercero día de haber aceptado el cargo, y si correspondiere por la índole de la per...
- ARTICULO 461 :- IDONEIDAD.- Si la profesión estuviese reglamentada, el perito deberá tener título habilitante en la ciencia, arte, industria o actividad técni...
- ARTICULO 462 :- RECUSACIÓN.- El perito podrá ser recusado por justa causa, dentro del quinto día de la audiencia preliminar.
- ARTICULO 463 :- CAUSALES.- Son causas de recusación de perito las previstas respecto de los jueces; también, la falta de título o incompetencia en la materia d...
- ARTICULO 464 :- TRÁMITE. RESOLUCIÓN.- Deducida la recusación se hará saber al perito para que en el acto de la notificación o dentro del tercero día manifie...
- ARTICULO 465 :- REEMPLAZO.- En caso de ser admitida la recusación, el juez, de oficio, reemplazará al perito recusado, sin otra sustanciación.
- ARTICULO 466 :- ACEPTACIÓN DEL CARGO.- El perito aceptará el cargo ante el Jefe de Despacho, dentro del tercero día de notificado de su designación; en el cas...
- ARTICULO 467 :- REMOCIÓN.- Será removido el perito que, después de haber aceptado el cargo renunciare sin motivo atendible, rehusare dar su dictamen o no lo pres...
- ARTICULO 468 :- PRÁCTICA DE LA PERICIA.- La pericia estará a cargo del perito designado por el juez.
Las partes y sus letrados podrán presenciar las operaciones... - ARTICULO 469 :- DICTAMEN INMEDIATO.- Cuando el objeto de la diligencia pericial fuese de tal naturaleza que permita al perito dictaminar inmediatamente, podrá dar ...
- ARTICULO 470 :- PLANOS, EXAMENES CIENTÍFICOS Y RECONSTRUCCIÓN DE LOS HECHOS.- De oficio o a pedido de parte, el juez podrá ordenar:
1.- Ejecución de planos, re... - ARTICULO 471 :- PRESENTACIÓN DEL DICTAMEN.- El perito presentará su dictamen por escrito, con copias para las partes.
Contendrá la explicación detallada de las... - ARTICULO 472 :- TRASLADO. EXPLICACIONES. NUEVA PERICIA.- Del dictamen del perito se dará traslado a las partes, que se notificará por cédula.
De oficio o a inst... - ARTICULO 473 :- EFICACIA PROBATORIA DEL DICTAMEN.- La fuerza probatoria del dictamen pericial será estimada por el juez teniendo en cuenta la competencia del perit...
- ARTICULO 474 :- CONSULTAS CIENTÍFICAS O TÉCNICAS.- A petición de parte o de oficio, el juez podrá requerir opinión a universidades, academias, corporaciones, i...
- ARTICULO 475 :- IMPUGNACIÓN. DESINTERÉS. CARGO DE LOS GASTOS Y HONORARIOS.- Al contestar el traslado a que se refiere el segundo párrafo del artículo 457 la p...
- ARTICULO 476 :- MEDIDAS ADMISIBLES.- El juez o tribunal podrá ordenar, de oficio o a pedido de parte:
1.- El reconocimiento judicial de lugares o de cosas.
2.- L... - ARTICULO 477 :- FORMA DE LA DILIGENCIA.- A la diligencia asistirá el juez o los miembros del tribunal que éste determine.
Las partes podrán concurrir con sus re... - ARTICULO 478 :- ALTERNATIVA.- Cuando no hubiese mérito para recibir la causa a prueba, deberá procederse con arreglo a lo establecido en el último párrafo del a...
- ARTICULO 479 :- AGREGACIÓN DE LAS PRUEBAS. ALEGATOS.- Producida la prueba, el Secretario sin necesidad de gestión alguna de los interesados, o sin sustanciarla si...
- ARTICULO 480 :- LLAMAMIENTO DE AUTOS.- Sustanciado el pleito en el caso del artículo 478, o transcurrido el plazo fijado en el artículo anterior, el secretari...
- ARTICULO 481 :- EFECTOS DEL LLAMAMIENTO DE AUTOS.- Desde el llamamiento de autos quedará cerrada toda discusión y no podrán presentarse más escritos ni producir...
- ARTICULO 482 :- NOTIFICACIÓN DE LA SENTENCIA.- La sentencia será notificada de oficio, dentro del tercero día. En la cédula se transcribirá la parte disposit...
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