En cumplimiento de lo dispuesto en la sentencia recordada, la comunidad demandante adecuó la acción de "AMPARO COLECTIVO" interpuesta a fs. 1/32, mediante la presentación de fs. 154/245, de manera que aquella acción inicial carece de virtualidad en el actual estado procesal de las actuaciones, ya que fue reemplazada por el referido escrito.
45 Que la misma conclusión cabe en relación con dicha presentación de fs. 154/245 titulada "PROMUEVE DEMANDA DE RECONO
CIMIENTO DEL DERECHO A LA POSESIÓN Y PROPIEDAD DEL
TERRITORIO ANCESTRAL DE LA COMUNIDAD POTAE NAPOC-
NA NAVOGOH - ASEGURAR EL LIBRE Y PLENO EJERCICIO DE
LOS DERECHOS - GARANTIZAR EL RESPETO A LA IDENTIDAD
DE LA COMUNIDAD - SE SOLICITA MEDIDAS POSITIVAS EN
PROTECCIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES DE LA COMU-
NIDAD - GARANTIZAR LA PARTICIPACIÓN - PROTECCIÓN ES-
PECIAL SOBRE LOS GRUPOS VULNERABLES - REPARACIÓN
INTEGRAL DE LOS DAÑOS OCASIONADOS - SOLICITA MEDIDA
CAUTELAR - OFRECE PRUEBA - RESERVAS", la que solo puede ser considerada en aquello que expresamente hace referencia el último escrito presentado a fs. 252/271 a fin de modificar la demanda en los términos del artículo 331 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación , el que tiene preeminencia sobre aquella, tal como lo señala la actora a fs. 323.
Cabe destacar que, en este último escrito, titulado "CONSTITU
YE NUEVO DOMICILIO. ADECUA DEMANDA. SOLICITA MEDI-
DA CAUTELAR", la comunidad circunscribió su reclamo al reconocimiento pleno del derecho a la propiedad comunitaria indígena, en relación a un territorio cuya delimitación fue descripta con suficiente precisión, identificando a su vez los actos que pretende que concreten cada uno de los organismos públicos demandados para alcanzar el propósito perseguido.
5 Que, en efecto, en lo que aquíinteresa, el conflicto planteado por la actora en relación a la Administración de Parques Nacionales surge del punto I de la presentación de fs. 252/271, y se vincula al reclamo de restitución y libre utilización de los recursos naturales de las zonas identificadas como "C", "D" e "T" en el mapa y en el cuadro sinóptico obrantes a fs. 253/254, que integran el territorio comunitario respecto del cual se pretende la confección del plano de mensura único y la ins
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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:1925
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