empleados; es decir, que conservan su sober anía absoluta en todolo relativo a los poderes no delegados a la Nación: p. 5814.
3. Una de las más importantes misiones de la Corte consiste en interpretar la Constitución Nacional de modo que el ejercicio de la autoridad nacional y provincial se desenvuelvan armoniosamente. Del logro de ese equilibrio debe resultar la adecuada coexistencia de dos órdenes de gobierno cuyos órganos actuarán en dos órbitas distintas, debiendo encontrarse sólo para ayudarse: p. 5814.
PRUEBA" Peritos 1. Si no se observan razones que desmerezcan las conclusiones del informe pericial, corresponde asignarle suficiente valor probatorio (art. 477 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ): p. 5151.
Testigos 2. Tanto la rueda de personas como el interrogatorio previo a los testigos que hayan de practicarlo constituyen verdaderas válvulas de garantía que operan en favor de la exactitud, seriedad y fidelidad del acto en la medida en que tienden a disminuir las posibilidades de error afin de resguardar la sinceridad de la identificación: p. 5628.
PRUEBA DE CONFESIÓN
Ver: Negligencia, 1.
PRUEBA DE TESTIGOS
Ver: Constitución Nacional, 61; Recurso extraordinario, 125, 141.
PRUEBA INFORMATIVA
Ver: Negligencia, 2.
1) Ver también: Constitución Nacional, 12, 13, 44; Jubilación y pensión, 10; Recurso extraordinario, 72, 103; Recurso ordinario de apelación, 7.
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:6246
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