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- ARTICULO 115 :- IDIOMA. DESIGNACIÓN DE INTÉRPRETE.- En todos los actos del proceso se utilizará el idioma nacional.
Cuando este no fuera conocido por la persona... - ARTICULO 116 :- INFORME O CERTIFICADO PREVIO.- Cuando para dictar resolución se requiriese informe o certificado previo del secretario, el juez los ordenará verba...
- ARTICULO 117 :- ANOTACIÓN DE PETICIONES.- Podrá solicitarse la reiteración de oficios o exhortos, desglose de poderes o documentos, agregación de pruebas, entre...
- ARTICULO 118 :- REDACCIÓN.- Para la redacción de los escritos regirán las normas del Reglamento Interno para la Administración de Justicia.
(Modificado por L... - ARTICULO 119 :- ESCRITO FIRMADO A RUEGO.- Cuando un escrito o diligencia fuere firmado a ruego del interesado, el Secretario o el Jefe de Despacho deberán certific...
- ARTICULO 120 :- COPIAS.- De todo escrito que deba darse traslado, de sus contestaciones, y de los que tengan por objeto ofrecer prueba, promover incidentes o consti...
- ARTICULO 121 :- COPIAS DE DOCUMENTOS DE REPRODUCCIÓN DIFICULTOSA.- No será obligatorio acompañar la copia de documentos cuya reproducción fuese dificultosa por ...
- ARTICULO 122 :- EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS.- En el caso de acompañarse expedientes administrativos, deberá ordenarse su agregación sin el requisito exigido en e...
- ARTICULO 123 :- DOCUMENTOS EN IDIOMA EXTRANJERO.- Cuando se presentaren documentos en idioma extranjero, deberá acompañarse su traducción realizada por traductor...
- ARTICULO 124 :- CARGO.- El cargo puesto al pie de los escritos será autorizado por el Jefe de Despacho.
Si la autoridad que ejerciera la superintendencia hubiere ... - ARTICULO 125 :- REGLAS GENERALES.- Las audiencias, salvo disposición en contrario, se ajustarán a las siguientes reglas:
1.- Serán públicas, bajo pena de nulid... - ARTICULO 126 :- DEROGADO.- Según artículo 2 de la ley No 1397.
Texto Anterior derogado: VERSIÓN TAQUIGRÁFICA E IMPRESIÓN FONOGRÁFICA: A pedido de parte, a ... - ARTICULO 127 :- PRÉSTAMO.- Los expedientes únicamente podrán ser retirados de la secretaría, bajo la responsabilidad de los abogados, apoderados, peritos o es...
- ARTICULO 128 :- DEVOLUCIÓN.- Si vencido el plazo no se devolviera el expediente, quien lo retiró será pasible de una multa de cinco jus por cada día de retard...
- ARTICULO 129 :- PROCEDIMIENTO DE RECONSTRUCCIÓN.- Comprobada la pérdida de un expediente, el juez ordenará su reconstrucción la que se efectuará en la siguient...
- ARTICULO 130 :- SANCIONES.- Si se comprobase que la pérdida de un expediente fuere imputable a algún profesional, éste será pasible de una multa entre 10 y 50 j...
- ARTICULO 131 :- OFICIOS Y EXHORTOS DIRIGIDOS A JUECES DE LA REPÚBLICA.- Toda comunicación dirigida a jueces de jurisdicción provincial por otros del mismo carác...
- ARTICULO 132 :-COMUNICACIONES A AUTORIDADES JUDICIALES EXTRANJERAS O PROVENIENTES DE ESTAS.- Las comunicaciones dirigidas a autoridades judiciales extranjeras se ha...
- ARTICULO 133 :- PRINCIPIO GENERAL.- Salvo los casos en que procede la notificación por cédula y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente, las res...
- ARTICULO 134 :- NOTIFICACIÓN TÁCITA. RETIRO DE COPIAS.- El retiro del expediente, conforme al artículo 127, importará la notificación de todas las resolucion...
- ARTICULO 135 :- NOTIFICACIÓN PERSONAL O POR CÉDULA.- Sólo serán notificadas personalmente o por cédula las siguientes resoluciones:
1.- La que dispone el tras... - ARTICULO 135 bis:.- MEDIOS DE NOTIFICACIÓN.- En los casos en que este código u otras leyes establezcan la notificación por cédula, ella también podrá realizarse ...
- ARTICULO 136 :- CONTENIDO DE LA DILIGENCIA.- La cédula y los demás medios previstos en el artículo precedente contendrán:
1.- Nombre y apellido de la persona... - ARTICULO 137 :- FIRMA DEL DOCUMENTO.- El documento mediante el cual se notifique será suscripto por el letrado patrocinante de la parte que tenga interés en la no...
- ARTICULO 138 :- DILIGENCIAMIENTO.- Las cédulas se enviarán directamente a la oficina de notificaciones, dentro de las veinticuatro horas, debiendo ser diligenciad...
- ARTICULO 139 :- DEROGADO.- Según artículo 2 de la ley No 1397.
Nota: Aplicación Supletoria. Según Ley No 1397/2002 en su Artículo 5o.- Hasta tanto se esta... - ARTICULO 140 :- ENTREGA DE LA CÉDULA O ACTA NOTARIAL AL INTERESADO.- Si la notificación se hiciere por cédula o acta notarial, el funcionario o empleado encargad...
- ARTICULO 141 :- ENTREGA DEL INSTRUMENTO A PERSONAS DISTINTAS.- Cuando el notificador no encontrare a la persona a quien va a notificar, entregará el instrumento a ...
- ARTICULO 142 :- FORMA DE LA NOTIFICACIÓN PERSONAL.- La notificación personal se practicará firmando el interesado en el expediente, al pie de la diligencia exten...
- ARTICULO 143 :- RÉGIMEN DE LA NOTIFICACIÓN POR TELEGRAMA O CARTA DOCUMENTO.- Cuando se notifique mediante telegrama o carta documento certificada con aviso de rec...
- ARTICULO 144 :- DEROGADO.- Según artículo 2 de la ley No 1397.
Texto Anterior derogado: Contenido y Emisión del Telegrama: La notificación que se practique p... - ARTICULO 145 :- NOTIFICACIÓN POR EDICTOS.- Además de los casos determinados por este código, procederá la notificación por edictos cuando se tratare de persona...
- ARTICULO 146 :- PUBLICACIÓN DE LOS EDICTOS.- En los supuestos previstos por el artículo anterior la publicación de los edictos se hará en el Boletín Oficia...
- ARTICULO 147 :- FORMA DE LOS EDICTOS.- Los edictos contendrán, en forma sintética, las mismas enunciaciones que las cédulas, con transcripción sumaria de la res...
- ARTICULO 148 :- NOTIFICACIÓN POR RADIODIFUSIÓN O TELEVISIÓN.- En todos los casos en que este código autoriza la publicación de edictos, a pedido del interesado...
- ARTICULO 149 :- NULIDAD DE LA NOTIFICACIÓN.- Será nula la notificación que se hiciere en contravención a lo dispuesto en los artículos anteriores, siempre qu...
- ARTICULO 150 :- PLAZO Y CARÁCTER.- El plazo para contestar vistas y traslados, salvo disposición en contrario de la ley, será de cinco días.
Todo traslado o ... - ARTICULO 151 :- DEROGADO.- Según artículo 2 de la ley No 1397.
Nota: Aplicación Supletoria. Según Ley No 1397/2002 en su Artículo 5o-. Hasta tanto se esta... - ARTICULO 152 :- DÍAS Y HORAS HÁBILES.- Las actuaciones y diligencias judiciales se practicarán en días y horas hábiles, bajo pena de nulidad.
Son días h... - ARTICULO 153 :- HABILITACIÓN EXPRESA.- A petición de parte o de oficio, los jueces y tribunales deberán habilitar días y horas, cuando no fuere posible señal...
- ARTICULO 154 :- HABILITACIÓN TÁCITA.- La diligencia iniciada en día y hora hábil, podrá llevarse hasta su fin en tiempo inhábil sin necesidad de que se decr...
- ARTICULO 155 :- CARÁCTER.- Los plazos legales o judiciales son perentorios: podrán ser prorrogados por acuerdo de partes manifestado con relación a actos procesa...
- ARTICULO 156 :- COMIENZO.- Los plazos empezarán a correr desde la notificación y si fuesen comunes, desde la última.
No se contará el día en que se practiqu... - ARTICULO 157 :- SUSPENSIÓN Y ABREVIACIÓN CONVENCIONAL. DECLARACIÓN DE INTERRUPCIÓN Y SUSPENSIÓN.- Los apoderados no podrán acordar una suspensión mayor de ve...
- ARTICULO 158 :- AMPLIACIÓN.- Para toda diligencia que deba practicarse dentro de la República y fuera del lugar del asiento del juzgado o tribunal, quedarán ampl...
- ARTICULO 159 :- EXTENSIÓN A LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS.- El ministerio público y los funcionarios que a cualquier título intervinieren en el proceso estarán s...
- ARTICULO 160 :- PROVIDENCIAS SIMPLES.- Las providencias simples sólo tienden, sin sustanciación, al desarrollo del proceso u ordenan actos de mera ejecución. No ...
- ARTICULO 161 :- SENTENCIAS INTERLOCUTORIAS.- Las sentencias interlocutorias resuelven cuestiones que requieren sustanciación, planteadas durante el curso del proce...
- ARTICULO 162 :- SENTENCIAS HOMOLOGATORIAS.- Las sentencias que recayesen en los supuestos de los artículos 303, 306 y 307, se dictarán en la forma establecida e...
- ARTICULO 163 :- SENTENCIA DEFINITIVA DE PRIMERA INSTANCIA.- La sentencia definitiva de primera instancia deberá contener:
1.- La mención del lugar y fecha.
2.- ... - ARTICULO 164 :- SENTENCIA DEFINITIVA DE SEGUNDA O ULTERIOR INSTANCIA.- La sentencia definitiva de segunda instancia deberá contener, en lo pertinente, las enunciac...
- ARTICULO 165 :- MONTO DE LA CONDENA AL PAGO DE FRUTOS, INTERESES, DAí‘OS Y PERJUICIOS.- Cuando la sentencia contenga condena al pago de frutos, intereses, daños...
- ARTICULO 166 :- ACTUACIÓN DEL JUEZ POSTERIOR A LA SENTENCIA.- Pronunciada la sentencia concluirá la competencia del juez respecto del objeto del juicio y no podr...
- ARTICULO 167 :- DEMORA EN PRONUNCIAR LAS RESOLUCIONES.- Será de aplicación lo siguiente:
1.- La reiteración en la demora en pronunciar las providencias simples,... - ARTICULO 168 :- RESPONSABILIDAD.- La imposición de la multa establecida en el artículo anterior es sin perjuicio de la responsabilidad penal, o de la sujeción ...
- ARTICULO 169 :- TRASCENDENCIA DE LA NULIDAD.- Ningún acto procesal será declarado nulo si la ley no prevé expresamente esa sanción.
Sin embargo, la nulidad pro... - ARTICULO 170 :- SUBSANACIÓN.- La nulidad no podrá ser declarada cuando el acto haya sido consentido, aunque fuere tácitamente, por la parte interesada en la decl...
- ARTICULO 171 :- INADMISIBILIDAD.- La parte que hubiere dado lugar a la nulidad, no podrá pedir la invalidez del acto realizado.
- ARTICULO 172 :- INICIATIVA PARA LA DECLARACIÓN. REQUISITOS.- La nulidad podrá ser declarada a petición de parte o de oficio, siempre que el acto viciado no estuv...
- ARTICULO 173 :- RECHAZO "IN LIMINE".- Se desestimará sin más trámite el pedido de nulidad si no se hubiesen cumplido los requisitos establecidos en el segundo p...
- ARTICULO 174 :- EFECTOS.- La nulidad de un acto no importará la de los anteriores ni la de los sucesivos que sean independientes de dicho acto.
La nulidad de una ...
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