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Fallos: 340:387 de la CSJN Argentina - Año: 2017

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ABRIL

BERDUN, ALCIDES RODOLFO y Otros s/ DESOBEDIENCIA A UNA
ORDEN JUDICIAL

CONCESION DEL RECURSO EXTRAORDINARIO
Son nulas las resoluciones por las que se conceden recursos extraordinarios cuando se ha constatado que aquellas no dan satisfacción a un requisito idóneo para la obtención de la finalidad a que se hallaba destinado (artículo 169, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).


CONCESION DEL RECURSO EXTRAORDINARIO
Corresponde declarar la nulidad de la resolución en la que el a quo omitió pronunciarse categórica y circunstanciadamente sobre la observancia de uno de los requisitos sustanciales y formales del recurso extraordinario cual es la existencia del recaudo propio de sentencia definitiva.


CONCESION DEL RECURSO EXTRAORDINARIO
El fundamento de la exigencia de fundamentación suficiente en las resoluciones que habilitan la competencia de la Corte Suprema se asienta en que, de seguirse una orientación opuesta, el Tribunal debería admitir que su jurisdicción extraordinaria se viese, en principio, habilitada o denegada, sin razones que avalen uno u otro resultado, lo cual infringe un claro perjuicio al derecho de defensa de los litigantes y al adecuado servicio de justicia.

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Año: 2017, CSJN Fallos: 340:387 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-340/pagina-387

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