- Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
- ARTICULO 3875 : El derecho dado por la ley a un acreedor para ser pagado con preferencia a otro, se llama en este código privilegio.
- ARTICULO 3876 : El privilegio no puede resultar, sino de una disposición de la ley. El deudor no puede crear privilegio a favor de ninguno de los acreedores.* Puede...
- ARTICULO 3877 : Los privilegios se transmiten como accesorios de los créditos a los cesionarios y sucesores de los acreedores, quienes pueden ejercerlos como los mi...
- ARTICULO 3878 : Los privilegios son sobre los muebles y los inmuebles, o sólo sobre los muebles, o sólo sobre los inmuebles.Los privilegios sobre los muebles son g...
- ARTICULO 3879 : Tienen privilegio sobre la generalidad de los bienes del deudor, sean muebles o inmuebles:1º. Los gastos de justicia hechos en el interés común de...
- ARTICULO 3880 : Los créditos privilegiados sobre la generalidad de los muebles, son los siguientes:
1º. Los gastos funerarios, hechos según la condición y fortun... - ARTICULO 3881 : Cuando el valor de los inmuebles no hubiese sido absorbido por los acreedores privilegiados o hipotecarios, la porción del precio que quede debida, ...
- ARTICULO 3882 : Los créditos privilegiados sobre los bienes muebles se ejercen según el número que indica su clasificación. Los de un mismo número concurren a p...
- ARTICULO 3883 : * Gozan de privilegio los créditos por alquileres o arrendamientos de fincas urbanas o rurales, sean los acreedores los propietarios de ellas, o sea...
- ARTICULO 3884 : El privilegio del locador garantiza, no sólo los alquileres que se deban, sino también todas las otras obligaciones del locatario, que se derivan d...
- ARTICULO 3885 : Si los muebles gravados con el privilegio hubiesen sido sustraídos de la casa alquilada, el propietario de ella puede, durante un mes, hacerlos em...
- ARTICULO 3886 : El posadero goza del privilegio del locador, bajo las mismas condiciones y excepciones, sobre los efectos introducidos en la posada, mientras permane...
- ARTICULO 3887 : Goza de igual privilegio, el acarreador sobre los efectos transportados que tenga en su poder o en el de sus agentes, y durante los quince días qu...
- ARTICULO 3888 : Son privilegiadas las sumas debidas por las semillas y por los gastos de la cosecha, sobre el precio de esa cosecha.
Nota:3888. MARTOU, n... - ARTICULO 3889 : La prenda da al acreedor el derecho de hacerse pagar con preferencia a los otros acreedores, salvo las excepciones que en este título se establece...
- ARTICULO 3890 : Si el acreedor ha sido desposeído de la prenda contra su voluntad, puede reivindicarla durante tres años.
Nota:3890. Cód. francés, a... - ARTICULO 3891 : El crédito del obrero o artesano tiene privilegio por el precio de la obra de mano, sobre la cosa mueble que ha reparado o fabricado, mientras la co...
- ARTICULO 3892 : Los gastos de conservación de una cosa mueble, sin los cuales ésta hubiese perecido en todo o en parte, deben ser pagados con privilegio sobre el p...
- ARTICULO 3893 : El vendedor de cosas muebles no pagadas, goza de privilegio por el precio sobre el valor de la cosa vendida, que se halle en poder del deudor, haya s...
- ARTICULO 3894 : El privilegio del vendedor no puede ser ejercido cuando la cosa vendida y no pagada ha sido dada en prenda, ignorando el acreedor los derechos del ve...
- ARTICULO 3895 : Tampoco puede ejercerse el privilegio del vendedor, cuando las cosas vendidas y no pagadas han sido puestas en una casa alquilada, hasta quedar pagad...
- ARTICULO 3896 : El privilegio del vendedor subsiste aunque la cosa, estando en poder del comprador, hubiese sufrido cambio, siempre que la identidad de ella pueda es...
- ARTICULO 3897 : Si el depositario ha abusado del depósito, enajenando la cosa que ha sido confiada a su cuidado; o si su heredero la vende, ignorando que la cosa se...
- ARTICULO 3898 : Si los muebles no afectados a privilegios especiales son suficientes para pagar las deudas que tienen un privilegio general sobre los muebles, éstos...
- ARTICULO 3899 : Cuando una parte de los muebles esté afectada a privilegios especiales, y lo restante del valor de ellos no baste para el pago de los créditos priv...
- ARTICULO 3900 : Los gastos de justicia son preferidos a todos los créditos, en el interés de los cuales se han causado.
- ARTICULO 3901 : Los gastos hechos para la conservación de la cosa son preferidos a todos los créditos, en el interés de los cuales han sido también hechos. Son p...
- ARTICULO 3902 : Si los gastos de conservación han precedido a la obligación de la cosa, al crédito del locador, del pignoraticio, del posadero y del acarreador, e...
- ARTICULO 3903 : Si muchas personas han conservado la misma cosa sucesivamente, el conservador más reciente es preferido a los más antiguos; y así, los créditos...
- ARTICULO 3904 : Los gastos de la venta de los muebles afectos al privilegio del locador, los gastos funerarios y los de la última enfermedad, gozan de preferencia a...
- ARTICULO 3905 : Si entre los muebles que se hallen en la casa o en la heredad, se encuentran algunos objetos que han sido depositados por un tercero, el locador ser...
- ARTICULO 3906 : A excepción del caso del artículo anterior, el privilegio del depositante no es preferido por ningún otro crédito privilegiado; pero está obli...
- ARTICULO 3907 : El acreedor pignoraticio, el posadero y el acarreador son preferidos al vendedor del objeto mueble que le sirve de garantía, a no ser que al recib...
- ARTICULO 3908 : El privilegio del vendedor no se ejercita sino después de los gastos de justicia y de los funerarios; y cede también al del propietario de la casa ...
- ARTICULO 3909 : El privilegio del locador, concurriendo con el prendario sobre los frutos de la cosecha del año, cede a éste si es de buena fe.
Nota:390... - ARTICULO 3910 : El privilegio del acarreador por los costos del transporte y gastos accesorios, no cede sino a los gastos funerarios y a los que se hagan para la ven...
- ARTICULO 3911 : * Las sumas debidas por semillas o por gastos de la cosecha son preferidas al crédito del locador o arrendador de la heredad, sobre el precio de la ...
- ARTICULO 3912 : * Los acreedores por semillas y los acreedores por gastos de cosecha concurren igualmente.
Nota:3912. Los unos y los otros han concurrido ... - ARTICULO 3913 : El privilegio del acreedor pignoraticio sobre la prenda que tiene en su poder, cede al privilegio de los gastos funerarios y a los de la última enfe...
- ARTICULO 3914 : El privilegio del posadero sobre los objetos introducidos en la posada, cede a los gastos de justicia y a los gastos funerarios; mas él, es preferid...
- ARTICULO 3915 : Si los muebles del deudor, en razón de los privilegios especiales que los afecten, no bastaren para el pago de las deudas que son privilegiadas sobr...
- ARTICULO 3916 : Si los muebles del deudor están afectos al privilegio del vendedor, o si se trata de una casa o de otra obra, que esté afecta al privilegio de los ...
- ARTICULO 3917 : Cuando el vendedor de un terreno, se encuentre en concurrencia con los obreros por el pago del edificio, u otra obra que hubiesen construido sobre el...
- ARTICULO 3918 : A excepción de los privilegios especiales que existen sobre los inmuebles en favor del vendedor, del hipotecario, de los obreros, y de los que han s...
- ARTICULO 3919 : Cuando los créditos privilegiados sobre los muebles e inmuebles no pudiesen ser pagados en su totalidad, porque los inmuebles son de poco valor o es...
- ARTICULO 3920 : Los créditos privilegiados que están en la misma clase, serán pagados por concurrencia entre ellos como los simples quirografarios.
Nota: - ARTICULO 3921 : Los créditos privilegiados que no pueden cubrirse en su totalidad por los medios indicados en los artículos anteriores, pasarán por el déficit ...
- ARTICULO 3922 : Los créditos no privilegiados se cubrirán a prorrata sobre el sobrante de la masa concursada.
CAPITULO IV
Del privilegio sobre los inmuebles
- ARTICULO 3923 : El vendedor de cosas inmuebles que no ha dado término para el pago, puede reivindicarlos del comprador, o de terceros poseedores.
- ARTICULO 3924 : El vendedor de un inmueble no pagado, aunque hubiese hecho tradición de él, haya dado término para el pago o fiádose de otra manera en el comprad...
- ARTICULO 3925 : El privilegio comprende además el precio de la venta, los intereses vencidos de un año, todas las cargas y prestaciones impuestas al adquirente, a ...
- ARTICULO 3926 : En caso de varias ventas sucesivas, cuyo precio sea debido en todo o en parte, el primer vendedor es preferido al segundo, éste al tercero, y así...
- ARTICULO 3927 : El que ha dado dinero para la adquisición de un inmueble, goza de privilegio sobre el inmueble para el reembolso del dinero dado, con tal que por la...
- ARTICULO 3928 : Los coherederos y todos los copartícipes que han dividido una masa de bienes compuesta de muebles e inmuebles, o de varios muebles determinados, t...
- ARTICULO 3929 : Si uno de los herederos ha perdido su lote y ha quedado insolvente, la porción por la que estaba obligado se divide entre el garantizado y todos los...
- ARTICULO 3930 : El donante tiene privilegios sobre el inmueble donado por las cargas pecuniarias, u otras prestaciones líquidas, impuestas al donatario en el acto...
- ARTICULO 3931 : Los arquitectos, empresarios, albañiles y otros obreros que han sido empleados por el propietario para edificar, reconstruir o reparar los edificios...
- ARTICULO 3932 : Las personas que han prestado dinero para pagar a los arquitectos, empresarios u obreros, gozan el mismo privilegio que éstos, siempre que conste el...
- ARTICULO 3933 : Los que han suministrado los materiales necesarios para la construcción o reparación de un edificio, u otra obra que el propietario ha hecho constr...
- ARTICULO 3934 : Los hipotecarios son preferidos sobre los bienes gravados con la hipoteca. El privilegio se cuenta desde el día que se tomó razón de la hipoteca...
- ARTICULO 3935 : La inscripción renovada no valdrá sino como inscripción primera, si no contiene la indicación precisa de la inscripción renovada; pero no es nec...
- ARTICULO 3936 : La hipoteca garantiza a más del principal, los intereses o rentas debidas de dos años, y los que corran durante el juicio de ejecución hasta el ef...
- ARTICULO 3937 : A cada finca gravada con hipoteca podrá abrirse a solicitud de los acreedores, un concurso particular para que se les pague inmediatamente con ella....
- ARTICULO 3938 : Los acreedores hipotecarios no están obligados a esperar las resultas del concurso general para proceder a ejercer sus acciones contra las respectiv...
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