- << Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 347 .-EXCEPCIONES ADMISIBLES
ARTICULO 347 .-Sólo se admitirán como previas las siguientes excepciones:
1) Incompetencia.
2) Falta de personería en el demandante, en el demandado o sus representantes, por carecer deiscapacidad civil para estar en juicio o de representación suficiente.
3) Falta de legitimación para obrar en el actor o en el demandado, cuando fuere manifiesta, sin perjuicio, en caso de no concurrir esta última circunstancia, de que el juez la considere en la sentencia definitiva.
4) Litispendencia.
5) Defecto legal en el modo de proponer la demanda.
6) Cosa juzgada. Para que sea procedente esta excepción, el examen integral de las DOS (2) contiendas debe demostrar que se trata del mismo asunto sometido a decisión judicial, o que por existir continencia, conexidad, accesoriedad o subsidiariedad, la sentencia firme ya ha resuelto lo que constituye la materia o la pretensión deducida en el nuevo juicio que se promueve.
7) Transacción, conciliación y desistimiento del derecho.
8) Las defensas temporarias que se consagran en las leyes generales, tales como el beneficio de inventario o el de excusión, o las previstas en los artículos 2486 y 3357 del Código Civil.
La existencia de cosa juzgada o de litispendencia podrá ser declarada de oficio, en cualquier estado de la causa.
Ver articulos: [ Art. 344 ] [ Art. 345 ] [ Art. 346 ] 347 [ Art. 348 ] [ Art. 349 ] [ Art. 350 ]
Fallos de la CSJN relacionados al artículo 347 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación
- Fallos: Tomo 330 - Página 1918
- Fallos: Tomo 330 - Página 1921
- Fallos: Tomo 330 - Página 2964
- Fallos: Tomo 330 - Página 2966
- Fallos: Tomo 330 - Página 3899
- Fallos: Tomo 330 - Página 4816
- Fallos: Tomo 330 - Página 4861
- Fallos: Tomo 332 - Página 558
- Fallos: Tomo 332 - Página 572
- Fallos: Tomo 334 - Página 70
- Fallos: Tomo 335 - Página 2181
- Fallos: Tomo 335 - Página 2183
- Fallos: Tomo 338 - Página 82
- Fallos: Tomo 340 - Página 533
- Fallos: Tomo 340 - Página 534
- Fallos: Tomo 340 - Página 1708
- Fallos: Tomo 340 - Página 1710
- Fallos: Tomo 340 - Página 1716
- Fallos: Tomo 341 - Página 778
- Fallos: Tomo 341 - Página 788
- Fallos: Tomo 341 - Página 795
- Fallos: Tomo 341 - Página 796
- Fallos: Tomo 342 - Página 1479
- Fallos: Tomo 344 - Página 1921
- Fallos: Tomo 346 - Página 496
- Fallos: Tomo 348 - Página 39
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion >>
LIBRO SEGUNDO - PROCESOS DE CONOCIMIENTO
- >>
TITULO II - PROCESO ORDINARIO
- >>
CAPITULO III - EXCEPCIONES PREVIAS
- >
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
También puedes ver: Art.347 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ No es discriminatoria la ley pampeana que exige título de carreras de cinco años para acceder al escalafón profesional
➥ No basta acreditar la prestación de servicios para que opere la presunción de existencia de relación laboral
➥ Condenaron a concejal que exigía dinero para gestionar contratos en favor de integrantes de su agrupación política
➥ Confirmaron las condenas de varios funcionarios por maniobras ilícitas llevadas a cabo en el municipio de Mercedes