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- ARTICULO 595:Principios generales La adopción se rige por los siguientes principios:
a) el interés superior del niño; b) el respeto por el derecho a la identida... - ARTICULO 596:Derecho a conocer los orígenes El adoptado con edad y grado de madurez suficiente tiene derecho a conocer los datos relativos a su origen y puede a...
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a) quien no haya cumplido veinticinco años de edad, excepto que su cónyuge o conviviente que adopta conjuntamente cu... - ARTICULO 602:Regla general de la adopción por personas casadas o en unión convivencial Las personas casadas o en unión convivencial pueden adoptar sólo si lo h...
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- ARTICULO 606:Adopción por tutor El tutor sóio puede adoptar a su pupilo una vez extinguidas las obligaciones emergentes de la tuteia.
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a) un niño, niña o adolescente no tiene filiación establecida o s... - ARTICULO 608:Sujetos del procedimiento El procedimiento que concluye con la declaración judicial de la situación de adoptabiiidad requiere la intervención:
a) c... - ARTICULO 609:Reglas del procedimiento Se aplican ai procedimiento para obtener la declaración judicial de la situación de adoptabiiidad, las siguientes regias:
a... - ARTICULO 610:Equivalencia La sentencia de privación de la responsabilidad parental equivale a la declaración judicial en situación de adoptabilidad.
- ARTICULO 611:Guarda de hecho. Prohibición Queda prohibida expresamente la entrega directa en guarda de niños, niñas y adolescentes mediante escritura pública o...
- ARTICULO 612:Competencia La guarda con fines de adopción debe ser discernida inmediatamente por el juez que dicta la sentencia que declara la situación de adopta...
- ARTICULO 613:Elección del guardador e intervención del organismo administrativo El juez que declaró la situación de adoptabiiidad selecciona a los pretensos ad...
- ARTICULO 614:Sentencia de guarda con fines de adopción Cumpiidas las medidas dispuestas en el artícuio 613, el juez dicta la sentencia de guarda con fines de a...
- ARTICULO 615:Competencia Es juez competente el que otorgó la guarda con fines de adopción, o a elección de los pretensos adoptantes, el del lugar en el que el n...
- ARTICULO 616:Inicio del proceso de adopción Una vez cumplido el periodo de guarda, el juez interviniente, de oficio o a pedido de parte o de la autoridad administ...
- ARTICULO 617:Reglas del procedimiento Se aplican al proceso de adopción las siguientes reglas:
a) son parte los pretensos adoptantes y el pretenso adoptado; si ti... - ARTICULO 618:Efecto temporal de la sentencia La sentencia que otorga la adopción tiene efecto retroactivo a la fecha de la sentencia que otorga la guarda con fine...
- ARTICULO 619:Enumeración Este Código reconoce tres tipos de adopción:
a) plena; b) simple; c) de integración.
- ARTICULO 620:Concepto La adopción plena confiere al adoptado la condición de hijo y extingue los vínculos jurídicos con la familia de origen, con la excepc...
- ARTICULO 621:Facultades judiciales El juez otorga la adopción plena o simple según las circunstancias y atendiendo fundamentalmente al interés superior del niñ...
- ARTICULO 622:Conversión A petición de parte y por razones fundadas, el juez puede convertir una adopción simple en plena.
La conversión tiene efecto desde que ... - ARTICULO 623:Prenombre del adoptado El prenombre del adoptado debe ser respetado. Excepcionalmente y por razones fundadas en las prohibiciones establecidas en las ...
- ARTICULO 624:Irrevocabilidad. Otros efectos La adopción piena es irrevocable.
La acción de filiación del adoptado contra sus progenitores o el reconocimiento so... - ARTICULO 625:Pautas para el otorgamiento de la adopción plena La adopción plena se debe otorgar, preferentemente, cuando se trate de niños, niñas o adolescente...
- ARTICULO 626:Apellido El apellido del hijo por adopción plena se rige por las siguientes reglas:
a) si se trata de una adopción unipersonal, el hijo adoptivo lle... - ARTICULO 627:Efectos La adopción simple produce los siguientes efectos:
a) como regia, los derechos y deberes que resultan del vínculo de origen no quedan exti... - ARTICULO 628:Acción de filiación o reconocimiento posterior a la adopción Después de acordada la adopción simple se admite el ejercicio por el adoptado de la ...
- ARTICULO 629:Revocación La adopción simple es revocable:
a) por haber incurrido el adoptado o el adoptante en las causales de indignidad previstas en este Códig... - ARTICULO 630:Efectos entre el adoptado y su progenitor de origen La adopción de integración siempre mantiene el vínculo filiatorio y todos sus efectos entre e...
- ARTICULO 631:Efectos entre el adoptado y el adoptante La adopción de integración produce los siguientes efectos entre el adoptado y el adoptante:
a) si el adopta... - ARTICULO 632:Reglas aplicables Además de lo regulado en las disposiciones generales, la adopción de integración se rige por las siguientes reglas:
a) los progen... - ARTICULO 633:Revocación La adopción de integración es revocabie por las mismas causaies previstas para la adopción simpie, se haya otorgado con carácter de pi...
- ARTICULO 634:Nulidades absolutas Adolece de nulidad absoluta la adopción obtenida en violación a las disposiciones referidas a:
a) la edad del adoptado; b) la di... - ARTICULO 635:Nulidad relativa Adolece de nulidad relativa la adopción obtenida en violación a las disposiciones referidas a:
a) la edad mínima del adoptante; ... - ARTICULO 636:Normas supletorias En lo no reglado por este Capítulo, las nulidades se rigen por lo previsto en el Capítulo 9 del Título IV del Libro Primer...
- ARTICULO 637:Inscripción La adopción, su revocación, conversión y nulidad deben inscribirse en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.
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