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ARTICULO 45 .-TEMERIDAD O MALICIA
ARTICULO 45 .-Cuando se declarase maliciosa o temeraria la conducta asumida en el pleito por alguna de las partes, el juez le impondrá a ella o a su letrado o a ambos conjuntamente, una multa valuada entre el diez y el cincuenta por ciento del monto del objeto de la sentencia. En los casos en que el objeto de la pretensión no fuera susceptible de apreciación pecuniaria, el importe no podrá superar la suma de $ 50.000. El importe de la multa será a favor de la otra parte. Si el pedido de sanción fuera promovido por una de las partes, se decidirá previo traslado a la contraria.
Sin perjuicio de considerar otras circunstancias que estime corresponder, el juez deberá ponderar la deducción de pretensiones, defensas, excepciones o interposición de recursos que resulten inadmisibles, o cuya falta de fundamento no se pueda ignorar de acuerdo con una mínima pauta de razonabilidad o encuentre sustento en hechos ficticios o irreales o que manifiestamente conduzcan a dilatar el proceso.
(Artículo sustituido por art. 2° de laLey N° 25.488 B.O. 22/11/2001)
Ver articulos: [ Art. 42 ] [ Art. 43 ] [ Art. 44 ] 45 [ Art. 46 ] [ Art. 47 ] [ Art. 48 ]
Fallos de la CSJN relacionados al artículo 45 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación
- Fallos: Tomo 328 - Página 1011
- Fallos: Tomo 329 - Página 4467
- Fallos: Tomo 329 - Página 4685
- Fallos: Tomo 329 - Página 4686
- Fallos: Tomo 330 - Página 4227
- Fallos: Tomo 330 - Página 4228
- Fallos: Tomo 332 - Página 778
- Fallos: Tomo 332 - Página 795
- Fallos: Tomo 341 - Página 215
- Fallos: Tomo 341 - Página 703
- Fallos: Tomo 341 - Página 704
- Fallos: Tomo 342 - Página 1358
- Fallos: Tomo 342 - Página 1359
- Fallos: Tomo 342 - Página 1361
- Fallos: Tomo 346 - Página 1375
- Fallos: Tomo 342 - Página 1362
- Fallos: Tomo 332 - Página 790
- Fallos: Tomo 329 - Página 4683
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion >>
LIBRO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES
- >>
TITULO II - PARTES
- >>
CAPITULO I - REGLAS GENERALES
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También puedes ver: Art.45 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

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