- Como principio, el legislador arg. recuerda que las disposiciones generales de los contratos son aplicables a la transacción; y, entre ellas, las relativas a la nulidad. Por la indivisibilidad de las cláusulas de la transacción (donde se presume que las diversas concesiones se apoyan recíprocamente), la nulidad o anulación de cualquiera de ellas produce la de todo el acto (arts. 833 y 834 del Cód. Civ.).
No se puede transigir en contra de la validez del matrimonio, cuando esté planteada la nulidad de este Carecen de valor las transacciones sobre cosas que estén fuera del comercio y acerca de derechos que no puedan ser objeto de convenciones, ni sobre las cuestiones referentes al estado civil, ni en cuanto a una sucesión eventual (arts. 844 y ss.).
Procede la nulidad de las transacciones hechas por error, miedo, violencia o falsedad de documentos (art 857). De la rescisión de la transacción fy.e.v.), incluida bajo el título genérico de la nulidad de esta institución, tratan los arta. 858 y ss. del cod. cit. O. VALIDEZ DE LÁS TRANSACCIONES.»
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda