Definición de NULIDAD DE LA NOVACIÓN


    Se produce la misma si es nula también la obligación primitiva; salvo que la causa de nulidad sólo pueda ser invocada por el deudor, o que la ratificación convalido los actos nulos en su origen (arts. 802 del Cód. Civ. arg. y .1.208 del esp.).


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