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Fallos: 343:2071 de la CSJN Argentina - Año: 2020

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ción Nacional y a una ley nacional (LFH, especialmente arts. 31, 32, 80, 83 y concordantes).

En tales condiciones, entiendo que cabe asignar manifiesto contenido federal a la materia del pleito, ya que lo medular del planteamiento que se efectúa remite necesariamente a desentrañar el sentido y los alcances de los referidos preceptos federales, cuya adecuada hermenéutica resultará esencial para la justa solución de la controversia y permitirá apreciar si existe la mentada violación constitucional (Fallos: 311:2154 , cons. 4; 326:3351 ; 328:3496 ; 330:2470 ; 331:2528 , entre otros).

En efecto, el cuestionamiento efectuado exigirá precisar el sentido y los alcances del régimen establecido por la LFH para la caducidad de la concesión de explotación de hidrocarburos dispuesta por el decreto provincial 1101/19, en particular de las normas relativas al modo de ejecución de los compromisos de inversión asumidos por los concesionarios y al cumplimiento del debido proceso legal y de la fundamentación necesaria de la respectiva resolución administrativa (arts. 31, 32, 80, 83 y concordantes de la referida ley), cuya lesión constituye el eje del planteo contenido en la demanda (doctrina de Fallos: 335:1200 y 1208).

III-
Opino, entonces, que al ser parte una provincia en un pleito de manifiesto contenido federal, cualquiera sea la vecindad o nacionalidad de la actora (Fallos: 317:473 ; 318:30 y 323:1716 , entre otros), el proceso corresponde a la competencia originaria del Tribunal. Buenos Aires, 15 de agosto de 2019.Laura M. Monti.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 17 de diciembre de 2020.

Autos y Vistos; Considerando:

19) Que a fs. 470/492, Chañares Energía S.A.U. promueve acción de amparo contra la Provincia de Mendoza con el fin de obtener la declaración de inconstitucionalidad del decreto local 1101/19, que dispuso la caducidad de la prórroga de la concesión de explotación de

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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:2071 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-343/pagina-2071

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