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Fallos: 339:712 de la CSJN Argentina - Año: 2016

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cadas por la vía intentada (arts. 238 y 160 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ), sin que se den en el caso circunstancias estrictamente excepcionales que autoricen a apartarse de tal principio (conf. Fallos: 297:543 ; 302:1319 ; 323:3590 ; 324:1800 y 325:1603 ; entre muchos otros).

3 Que sin perjuicio de ello, esta Corte ha establecido que es de su incumbencia la determinación de las bases computables para la regulación de honorarios por tareas cumplidas ante sus estrados Fallos: 307:1534 y 326:4351 ), sin que los porcentajes previstos por el art. 14 de la ley 21.839 deban referirse a los honorarios regulados en las instancias inferiores (Fallos: 321:2467 ; causa CSJ 221/2010 (46-F)/ CS1 "Ford Argentina SCA (TF 21.437-A) c/ D.G.A.", sentencia del 4 de octubre de 2011).

4 Que, por último, es dable poner de resalto, que los honorarios que se cuestionan han sido fijados considerando el mérito, la naturaleza e importancia de la labor desarrollada, el resultado obtenido (Fallos: 313:577 ; causa CSJ 201/1999 (35-E)/CS1 "EACA S.A.

— Sideco Americana S.A.C.LEF y Saiuge Argentina S.A. c/ Dirección Nacional de Vialidad", sentencia del 5 de octubre de 2010), como así también la relevancia de las cuestiones debatidas, su trascendencia jurídica, económica (considerada como mera pauta indicativa) e institucional; parámetros que el Tribunal ha ponderado en situaciones sustancialmente análogas (conf. causa CSJ 1/2003 (39-E)/CS1 "Editorial Río Negro S.A. c/ Neuquén, Provincia del s/ acción de amparo", sentencia del 1° de noviembre de 2011) y como en el caso, cuando se aprecia la presencia de los presupuestos referidos (conf. causas CSJ 240/2003 (39-S)/CS1 "Stiefel, Juan Carlos c/ Santa Fe, Provincia de s/ acción declarativa de certeza", del 2 de julio de 2013; CSJ 721/2003 39-C)/CS1 "Colgate Palmolive Argentina S.A. y otros c/ Buenos Aires, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidad", del 16 de septiembre de 2014; CSJ 22/2012 (48-)/CS1 "YPF SA c/ Instituto Nacional de Vitivinicultura -disp. n" 305/06 ex 48/03-2 s/ proceso de conocimiento", del 30 de diciembre de 2014; CSJ 2125/2006 (42-C)/ CS1; CSJ 1035/2011 (47-C)/CS1 "Camuzzi Gas Pampeana S.A. c/ resolución 370/01 - ENERGAS (expte. 4395)", del 13 de mayo de 2015; y CSJ 58/2013 (49-U)/CS1 "Unión Cívica Radical de la Provincia de Santiago del Estero c/ Santiago del Estero, Provincia de s/ acción declarativa de certeza", del 23 de junio de 2015; entre otros).

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Año: 2016, CSJN Fallos: 339:712 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-339/pagina-712

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