EDUARDO PIERCE y Ora v. INVERCO Cía. FINANCIERA S.A.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.
Sentencias arbitrarias. Improcedencia del recurso, No es arbitraria la sentencia que condenó al pago de la suma reclamada por la actora en base a la "minuta para la confección de certificado de depósito intransferible". Ello así, pues surge claramente que la responsabilidad atribuida por el a quo a la demandada es la resultante de la combinación de la teoría de la apariencia del acto con la responsabilidad contractual derivada de la relación habida entre las partes, en función del "modus operandi" voluntariamente utilizado por la accionada para la captación de depósitos, al margen de lo expresamente establecido en la ley 21.526 (1).
JACQUES MIZRAHI (Suc.) v. LUIS A. DOLIN Y Otra HONORARIOS: Regulación, Es de incumbencia de la Corte la determinación de las bases computables para la regulación de honorarios por tareas cumplidas ante sus estrados.
HONORARIOS: Regulación.
No cabe admitir la solicitud de que se determine separadamente el honorario correspondiente a los trabajos de contestación de cada uno de los recursos extraordinarios interpuestos. pues supondría efectuar una discriminación en la carga de las costas que la sentencia no efectúa.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA Autos y Vistos: Considerando:
19) Que a fs. 784/784 vta., el letrado apoderado de la actora acompaña una liquidación de las remuneraciones fijadas en definitiva por los trabajos de primera instancia, a efectos de que sirvan como base para la regulación de sus honorarios en la instancia extraordinaria.
0) 27 de agosto.
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Año: 1985, CSJN Fallos: 307:1534
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