- La sustitución personal que por una causa cualquiera (muerte, destitución, ausencia, cese, renuncia, etc.) se produce en el ejercicio de una función, en el desempeño de un cargo cuando se ejerce autoridad pública, de mayor o menor jerarquía. Tanto en la milicia como en la generalidad de las funciones públicas, la falta del jefe la cubre automática y transitoriamente el inmediato inferior más antiguo. Con carácter definitivo, si es que se ha producido una vacante, corresponde la designación, reglamentaria o libre, a la autoridad facultada para ello, que ^xpide el correspondiente nombramiento o publica la orden del caso. Cabe una situación intermedia: la interinidad, también por expresa indicación de quien posea tales atribuciones.
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual