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- SENTENCIA
- Entre Ríos
- JUZGADO DE PAZ
- PARANA, ENTRE RÍOS
- 27 de Septiembre de 2025
El juzgado interviniente sostuvo que la amparista no acreditó el maltrato que sufrirían los equinos involucrados en los eventos de jineteada y doma gaucha realizados en el municipio pues se trata de una actividad cultural regulada con el fin de protegerlos lo que asimismo impide que sean considerados personas no humanas, es decir sujetos de derechos, en tanto el Código Civil y Comercial los somete al régimen de las cosas aunque con una especial protección pero sin la aptitud para ser titular de derechos y deberes.
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Carátula: Asociación Civil Conciencia Animal. Asociación Ecoguay c/Municipalidad de Oro Verde s/Amparo
Fuente de Información

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales