- Adolece de nulidad cualquier convención, promesa o transacción sobre salario de asistencia o salvamento hecha en- alta mar o al tiempo del varamiento; va sea respecto del buque 0 de los efectos en peligro. Terminado el riesgo, en que ya 3a necesidad apremiante permite contratar con libertad, sí caben arreglos amigables y transacciones generosas, (v. el art. 1.310 del Cód. de Com. arg.)
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda