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Fallos: 347:890 de la CSJN Argentina - Año: 2024

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interpretación al que debe acudir el juez es el literal, conforme al cual debe atenderse a las palabras de la ley" (Fallos: 345:533 y sus citas).

15) Es cierto que la norma aplicable, al facultar a la Administración a rechazar la dispensa por razones fundadas, otorga un margen de discrecionalidad a la hora de considerar la petición formulada por residentes permanentes o temporarios que tienen familiares argentinos.

Ahora bien, es importante recordar que la discrecionalidad administrativa nace del ordenamiento jurídico y su ejercicio puede ser revisado judicialmente a través de los elementos reglados del acto.

No implica en absoluto que los órganos estatales tengan un ámbito de actuación desvinculado de la ley o que aquella no resulte fiscalizable Fallos: 315:1361 , "Consejo de Presidencia"). Como lo expuso la Corte en ese precedente, "aun en aquellos actos en los que se admite un núcleo de libertad no puede desconocerse una periferia de derecho toda vez que la discrecionalidad otorgada a los entes administrativos no implica el conferirles el poder para girar los pulgares para abajo o para arriba, en tanto ello llevaría a consagrar (...) una verdadera patente de corso en favor de los despachos administrativos" (considerando 8" y sus citas).

Por otro lado, la discrecionalidad que otorga el artículo 62 de la ley 25.871 no habilita a la Administración a soslayar la clara previsión legal que determina que la regla es que debe admitirse el pedido y que su rechazo requiere debida fundamentación. El margen de valoración reconocido por el legislador para rechazar el planteo se encuentra acotado por la regla legal, conclusión que resulta consistente con el criterio interpretativo sostenido reiteradamente por la Corte, según el cual las excepciones a un determinado régimen deban ser aplicadas con criterio restrictivo (Fallos: 302:1116 ; 306:467 ; 314:1027 ; 316:1754 ; 318:1226 y 343:990 ).

16) Sobre tales bases, la regularidad de la decisión adoptada por la autoridad migratoria respecto del pedido de dispensa del migrante requiere examinar si el acto estuvo motivado a la luz de la regla fijada en la norma especial, requisito exigido con carácter general para los actos administrativos por el artículo 7", inciso e, de la ley 19.549.

Tal como se dijo más arriba, la naturaleza del delito es esgrimida genéricamente por la Administración en todos los casos para rechazar

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Año: 2024, CSJN Fallos: 347:890 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-347/pagina-890

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