— II Disconforme, la Provincia del Chubut interpuso el recurso del art. 14 delaley 48 (v. fs. 103/107).
Adujoquelasentenciarecurridaviolalosarts. 116, 117 y 129 dela Constitución Nacional, en tanto le deniega la competencia originaria de la Corte sólo en razón de la materia controvertida, sin tener en cuenta las personas que intervienen en el proceso, por un lado una provincia y, por el otro, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
— 1 A efectos de evacuar la vista que se concede a este Ministerio Públicoafs. 131, caberecordar que los pronunciamientos que resuelven cuestiones de competencia —como sucede en autos— no autorizan, en principio, la apertura del recurso extraordinario previsto en el art. 14 dela ley 48, toda vez que no constituyen sentenda definitiva, salvo que medie denegatoria del fuero federal o determinadas circunstancias excepcionales que permitan equipar esos interlocutorios a pronunciamientos definitivos (Fallos: 315:66 ; 320:2193 ), entre ellas, cuando la decisión atacada afecta, de manera no susceptible de reparación ulterior, un específico privilegio federal (Fallos: 299:199 ; 302:914 ; 314:1368 ).
A mi modo de ver, este último supuesto es el que se presenta en el proceso, en tantola sentencia impugnada obliga ala provincia a estar en juicioantela justicia nacional en locivil, privándola, de esta forma, de litigar en la instancia originaria de la Corte, la cual constituyeuna prerrogativa constitucional (art. 117 de la Ley Fundamental y Fallos: 315:2157 ; 324:833 ) y deorden público (Fallos: 315:1902 y 316:1462 y 324:533 ), asignada exclusivamente a los estados locales y sólo prorrogable por ellos a favor de los tribunales inferiores de la Nación en los casos previstos in re "Flores" (Fallos: 315:2157 ).
Por ello, pienso que se configura el supuesto del art. 14, inc. 3, de laley 48, circunstancia que permitela habilitación del recurso extraordinario deducido (Fallos: 310:295 ).
—IV-
En cuanto ala cuestión de competencia en examen, dado que en el sub liteel Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires promueve ejecución
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:2481
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