VE. soslayar óbices formales para remediar ostensibles nulidades absolutas (Fallos: 327:2892 ; 328:1367 y 329:1425 ).
Esta conclusión deviene incuestionable si se observa que, como reconoce la defensa, la orden de arresto se encuentra agregada fojas 189 (prueba E) y la razón por la cual fue librada luce en la declaración jurada prestada en apoyo del pedido por Grace L. Hill, fiscal auxiliar para el Distrito Este de Virginia, a fojas 153/158.
No obstante ello, es pertinente añadir a fin de brindar una respuesta jurisdiccional más precisa, que la procedencia de esa medida se explica por las inasistencias del requerido a las audiencias que el tribunal ordenó a fin de dictar sentencia, primero, para el 5 de septiembre de 2003 y, luego, para el siguiente día 12 er fojas 155, punto 11, de la declaración recién citada). Si bien el nombrado ingresó por vía aérea a nuestro país el 11 de septiembre de 2003 (ver fojas 262 vta.), esa mera circunstancia es demostrativa de su apartamiento del "acuerdo inculpatorio" que había asumido el 24 de junio anterior, en cuya cláusula 7.b se había comprometido a "estar razonablemente disponible para reuniones informativas y audiencias previas el juicio, según lo exijan los Estados Unidos" (ver fojas 172). También importó el quebrantamiento ala libertad bajo fianza personal que había obtenido "a la espera de la sentencia" (ver fojas 156), incluso revelado por su gestión del pasaporte provisorio que la representación consular de nuestro país en Washington le otorgó el 2 de septiembre de 2003 por "extravío de su pasaporte anterior" "fojas 263), cuando en la audiencia de debate manifestó que por entonces habló con el embajador "porque me sacaron el pasaporte" (fojas 264 vta).
En tales condiciones, la acreditación de aquellas citaciones que reclama ante V.E. la defensa oficial, importa una medida que, además de su extemporaneidad, no solo pretende desvirtuar la aludida declaración prestada bajo juramento que ha sido acompañada como prueba con el pedido de extradición y certificada por el Departamento de Justicia de los Estados Unidos a fojas 152, que -como tal- merece plena fe en estas actuaciones (conf. Fallos: 334:1659 ), sino que, además, resultaría superflua ante el elocuente panorama descripto.
VI-
También se queja el apelante porque el a quo no formuló un juicio de valoración jurídico acerca de si el acuerdo de culpabilidad alcanzado por 1 con las autoridades estadounidenses satisfacía los recaudos del debido proceso adjetivo.
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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:1311
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