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Fallos: 335:1726 de la CSJN Argentina - Año: 2012

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en el ordenamiento jurídico (arg. Fallos: 312:912 , cons. 8). Y a que, por otra, también aquí resulta de aplicación el consagrado criterio hermenéutico de V.E. que postula que por encima de lo que las leyes parecen decir literalmente, corresponde indagar lo que dicen jurídicamente, y si bien no cabe prescindir de las palabras, tampoco resulta adecuado ceñirse rigurosamente a ellas cuando así lo requiera la interpretación razonable y sistemática (arg. Fallos: 291:181 ; 293:528 ; 315:38 , 356, 2157; 318:879 ; 327:5649 , entre muchos otros).

—IX-

Por último, resta señalar que si bien fue advertido en la sentencia de fs. 298/304 que la publicación de la ley 26.217 resulta posterior al momento a partir del cual se aplica el gravamen con relación a las operaciones realizadas desde el AAE, es decir el 7 de enero de 2007, al tratarse la presente de una acción meramente declarativa de certeza, y al no haber la actora oportunamente argúido, ni mucho menos demostrado, haber realizado operaciones durante el lapso temporal comprendido entre ambas fechas, el tratamiento del posible agravio fincado en la violación del derecho de propiedad por el carácter retroactivo de la norma (arg. Fallos: 321:2933 ), resulta inoficioso por ser aquél meramente hipotético o conjetural.

—X— En virtud de lo expuesto, opino que corresponde revocar la sentencia apelada y declarar que el gravamen del art. 6" de la ley 25.561 y sus modificatorias y complementarias resulta aplicable a las exportaciones realizadas desde el Área Aduanera Especial para las operaciones documentadas desde el 7 de enero de 2007, inclusive, a tenor de lo ordenado por la ley 26.217. Buenos Aires, 27 de abril de 2011. Laura M. Monti.

Suprema Corte:

La cuestión planteada en este recurso de hecho ha sido examinada en mi dictamen del día de la fecha, en la causa Y.29, L.XLVI, "YPF S.A.

c/ EN — M Economía — Resol. 776/06 AFIP - DGA NT 56/06 s/ proceso de conocimiento", a cuyos términos me remito, brevitatis causae. Buenos Aires, 27 de abril de 2011. Laura M. Monti.

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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:1726 
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