a las pretensiones de la recurrente (art. 14, inc. 3", ley 48) (doctrina de Fallos: 320:52 ).
Asimismo, V.E. ha declarado que la presunta colisión entre preceptos constitucionales y normas locales que integran el ordenamiento legal del notariado constituye cuestión federal bastante (Fallos:
315:1634 ), como también ha considerado que es formalmente admisible el recurso extraordinario, si se planteó la inconstitucionalidad de la norma local que regula dicha actividad y la decisión ha sido en favor de su validez (Fallos: 318:259 ).
—IV-
En primer lugar, considero que cabe examinar si corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 6486 en cuanto dispone que "El ejercicio del notariado es incompatible con: ...inc. e) La condición de jubilado, pensionado o retirado" por violar el principio de igualdad consagrado en el art. 16 de la Constitución Nacional entre los escribanos con registro y los escribanos sin registro pero que pretenden acceder a él, como es el caso de la apelante.
Sabido es que el control de constitucionalidad de las normas es uno de los fines supremos del Poder Judicial de la Nación, y que, en especial, la declaración de inconstitucionalidad de una disposición legal es un acto de suma gravedad institucional y una de las más delicadas funciones susceptibles de encomendarse a un tribunal de justicia y, por ello, debe ser considerada como ultima ratio del orden jurídico (Fallos: 319:3148 ; 321:441 ; 322:1349 , entre otros), que sólo debe ejercerse cuando la repugnancia con la cláusula constitucional es manifiesta y la incompatibilidad es inconciliable (arg. Fallos: 322:842 y 919).
Pero además, hay que tener en cuenta, al realizar el estudio de compatibilidad constitucional que, como ha dicho el Tribunal acertadamente, "la declaración de inconstitucionalidad sólo será procedente cuando no exista la posibilidad de una solución adecuada del juicio por otras razones que las constitucionales comprendidas en la causa" Fallos: 260:153 y 324:3219 ).
En la misma línea de pensamiento, esta Procuración General sostuvo, en el dictamen emitido in re "Satecna Costa Afuera S.A. c/ Provincia de Buenos Aires", del 14 de diciembre de 1990 (Fallos: 316:2206 ), que
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Año: 2011, CSJN Fallos: 334:439
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