modificado o desvirtuado su agravio, puesla ley 7173 se continúa aplicando y, por lo tanto, reteniéndose sus haberes.
— 1 Ante todo, cabe recordar que, como tiene dicho la Corte, si el rechazo de la acción de amparo deja subsistente el acceso a la revisión judicial a través de la instancia ordinaria, el recurso extraordinario resulta improcedente pues no se dirige contra una resolución definitiva (confr. doctrina de Fallos: 311:2319 ). También, ha sostenido V.E., de manerareiterada, que las cuestiones de hecho y prueba, de derecho común y procesal —materia propia de los jueces de la causa— no son susceptibles de revisión por la vía excepcional del art. 14 de la ley 48 máxime cuando la sentencia se sustenta en argumentos no federales que, más allá de su posible acierto o error, resultan suficientes para excluir la tacha de arbitrariedad invocada (Fallos: 323:2879 , entre otros).
En ese orden de ideas, ha expresado que la doctrina dela arbitrariedad notiene por objeto corregir fallos equivocados o que se consideren tales, sino que atiende solamente a supuestos de excepción en los que, fallas de razonamiento lógico en que se sustenta la sentencia, o una manifiesta carencia de fundamentación normativa, impiden considerar el pronunciamiento apelado como un actojurisdiccional válido Fallos: 323:3139 ), pues su objeto no es abrir una tercera instancia pararevisar decisiones judiciales.
Sobrela base de tales principios, a mi entender, el recursointentado es formalmente inadmisible, toda vez que los apelantes sólo expresan su discrepancia con la interpretación efectuada por el a quo de prescripciones de der echo público local y con la valoración del tribunal respecto de los presupuestos de habilitación formal del amparo, en particular, la ausencia de arbitrariedad manifiesta, sin demostrar apartamiento de las reglas aplicables, la falta de fundamentación en los hechos conducentes del sub lite, ola irrazonabilidad de las conclusiones (v. doctrina de Fallos: 303:509 ).
En efecto, las conclusiones a las que arribó el Superior Tribunal local para desestimar la acción de amparo, aun cuando se basan en razonamientos que resultan un tanto confusos —en la medida que formula apreciaciones que parecen referirse al fondo del litigio, encuen
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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:4775
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