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Fallos: 326:3422 de la CSJN Argentina - Año: 2003

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326 tante ello, remitió el legajo a los magistrados del tribunal capitalino quienes, a su turno, se lo enviaron nuevamente con base en precedentes de la Cámara Nacional de Casación Penal (fs. 15 y 18, respectivamente).

Recibidas las actuaciones, aquel magistrado federal, con fundamento en su anterior decisión, se declaró incompetente a favor de la Cámara provincial (fs. 22).

Sus integrantes, rechazaron esa atribución al considerar que el contralor de las medidas dispuestas correspondía al Tribunal Oral en lo Criminal N° 16 de esta ciudad, que dictó la resolución. Asimismo remitió el incidente a conocimiento de la Corte (fs. 27/28).

Mediantela providencia puesta por Secretaría a fojas 29, se devolvieron las actuaciones al juez de ejecución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes quien, luego de sostener que compartía el criterio expuesto por la cámara provincial, las elevó a efectos de que V.E. resolviera la cuestión planteada (fs. 32).

— En primer término, creo oportuno destacar que V.E. tieneresuelto que es presupuesto necesario para una concreta contienda negativa de competencia que los jueces entre quienes se suscita se la atribuyan recíprocamente (Fallos: 305:2204 ; 306:591 ; 307:2139 ; 311:1965 ; 314:239 ; 318:1834 ; 319:144 y 323:772 , entre otros), lo que no sucede en el sub lite, en tanto que el magistrado federal en su insistencia de fojas 32, al compartir el criterio de la justicia local, consideró que debía intervenir el tribunal oral de esta ciudad que había suspendido el proceso a prueba.

Sin embargo, opino que, salvo mejor criterio de la Corte, razones de economía procesal y la necesidad de dar pronto fin a esta cuestión iniciada hace más de un año -apso que supera incluso el término de prueba impuesto al imputado— aconsejan dejar de lado esereparoformal, por lo que me pronunciaré sobre el fondo del asunto.

Al respecto, considero que en primer lugar debe descartarse la posibilidad de que la jurisdicción provincial sea la competente para el contralor de las medidas impuestas por la justicia nacional, a la que

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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:3422 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-326/pagina-3422

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