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Fallos: 326:2251 de la CSJN Argentina - Año: 2003

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toria. En otras palabras, ambos recursos —provenientes de la Cámara de Casación y de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional— versan sobre la misma cuestión: el rechazo de la sentencia inter locutoria que confirma el procesamiento y el enbargo del nombradodictado por el juez de instrucción, con base en la doctrina de la arbitrariedad.

Y puesto que la vía recursiva intentada en este incidente tiene como presupuesto un recurso de casación, de naturaleza más amplia que el extraordinario, y teniendo en cuenta la calidad de "órgano judicial intermedio" de la Cámara de Casación (Fallos: 318:514 y 319:585 ), opino que es aquí donde correspondería tratar los agravios, sin perjuiciodelos precedentes "Rizzo" (publicado en Fallos: 320:2118 ), "Panceira" (Fallos: 324:1632 ) y "Stancanelli" (Fallos: 324:3952 ) supuestos en donde estuvo directamente involucrada la libertad del imputado.

2. En lo que respecta al requisito de sentencia definitiva, en los términos del art. 14 de la ley 48, efectuaré las siguientes consideraciones.

Si bien la doctrina del tribunal postula que las resoluciones cuya consecuencia es la obligación del imputado de seguir sometido a proceso criminal no satisfacen, por regla, el requisito enunciado (Fallos: 249:530 ; 268:153 ; 274:440 ; 276:130 ; 277:361 ; 288:159 ; 295:405 ; 298:408 ; 307:1030 ; 308:1667 ; 310:195 ; 313:1491 , entre otros) lo cierto es que se han admitido excepciones que contemplan otros supuestos claramente discernibles; por ejemplo, cuando está en juego el non bis in idem (Fallos: 300:1273 y 314:377 ), ola prescripción ( 301:197 ), o cuestiones de nulidad queretrotraen el proceso a etapas iniciales ( 300:226 ), ode prueba ( 304:1817 ), o medidas de cautela real ( 308:1107 ) que ocasionan un perjuicio patrimonial relevante.

En este recurso, la defensa alega, entreotros agravios, arbitrariedad en la aplicación del derecho penal, en cuanto ala calificación legal de la conducta imputada —amenazas coactivas- y al análisis de la hipótesis del delito experimental (por la supuesta existencia deun agente provocador) cuestiones que inciden directamente en la escala punitiva y, por ende, en la prescripción de la acción penal -supuesto que pone fin al pleito y obliga a dictar una resolución definitiva, por lo que se debe evitar la prosecución de un juicio innecesario (Fallos: 236:392 ; 238:487 ; 244:459 ; 264:295 ; 272:188 ; 279:16 ; 301:197 ; 311:2205 y

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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:2251 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-326/pagina-2251

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