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Fallos: 326:2201 de la CSJN Argentina - Año: 2003

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— II Laa quo-luego de la decisión de V.E. que dejósin efecto el fallode la Sala lll de la alzada foral en torno ala validez constitucional del tope indemnizatorio del artículo 245 dela Ley de Contratode Trabajo, en la redacción provista por el artículo 153 dela ley N° 24.013 (v. fs. 73/76 y Fallos: 324:2801 )- acogióla apelación y dispusor evocar la sentencia cuya copia obra a fs. 27/31, rechazando la demanda entablada en todas sus partes.

Para así decidir, en suma, con cita de numerosos antecedentes de la propia Cámara y de V.E., argumentó que: a) excede la potestad judicial decidir sobre el mérito ola conveniencia dela legislación en la materia, dirigida a reglamentar la dáusula del artículo 14 bis dela Ley Suprema; b) la inacción de la entidad representativa sindical para obtener la modificación del tope no puede conjurarsea través de la actividad de los jueces; y, c) el empleo del tope no importa la supresión o desnaturalización del derecho ni el resultado de su aplicación se evidencia absurdo o arbitrario. Trajo a colación la doctrina expuesta en Fallos: 306:1964 ; 320:2665 ; 322:995 y 1017, entre otros antecedentes (v. fs. 77/80).

Contra dicha decisión, la actora dedujo recurso extraordinario v. fs. 81/93), que fue contestado (fs. 94/96) y denegado, lo reitero, a fs. 98, dando origen a esta presentación directa.

— 1 En síntesis, la quejosa aduce que el fallo incurreen arbitrariedad y suscita un caso federal estricto en el marco del artículo 14, incisos 1° y 29, dela ley N° 48, al desconocer las disposiciones de los artículos 14 bis, 16, 17, 18 y 28 de la Constitución Nacional y 30 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, entre otras normas concordantes.

Reitera en ese plano sus cuestionamientos al artículo 245, párrafos 2 y 3", de la Ley de Contrato de Trabajo, en la redacción de la ley Ne 24.013, con énfasis en los límites constitucionales a la discrecionalidad legislativa exteriorizada en la sanción del artículo 153 de la última disposición, modificatoria del precepto legal aludido en primer término.

Censura, concretamente, la falta de razonabilidad constitucional del tratamiento conferido en la regulación a los trabajador es fuera de

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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:2201 
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