Más aún cuando, en mi opinión, el remedio federal intentado resulta improcedente sobre la base de las consideraciones efectuadas por el recurrente en el escrito de interposición obrante a fs. 581/3,a cuyos términos corresponde circunscribirse, toda vez que delimita la competencia del Tribunal (conf. Fallos: 297:133 , 298:354 ; 298:612 ; 300:522 ; 302:346 ; 302:538 ; 302:656 ; 304:1588 ; 306:849 ; 1472, 2088 y 2166; entre otros).
En primer lugar y en lo que respecta al tema vincula lado con la garantía de los jueces naturales, el recurso extraordinario deducido no satisface, a mi juicio, el requisito de debida fundamentación que exige reiterada jurisprudencia de V. E. con sustento normativo en el art. 15 de la ley 48, la invocación genérica y esquemática de agravios, hecha por el apelante no basta a ese fin (Fallos: 300:656 , 1002 y 1063; 302:1171 , entre otros) ya que esinsuficiente la aserción de determinada solución jurídica, en tanto ella no esté razonada con referencia a las circunstancias y a los términos del pronunciamiento.
Igual obstáculo advierto con relación al menoscabo de la defensa en juicio que aduce sobre la base de que no se corrió vista al procesado del planteo de incompetencia deducido por la fiscal, pues el recurrente no ha precisado, siquiera someramente, las probanzas y razones que se le habrían impedido hacer valer, así como la manera en que ellas hubieran podido incidir para una solución distinta a la adoptada en la decisión, (Fallos: 300:178 ; 301:969 ; 302:179 , 321, 1626; 304:106 y 1749; 306:1111 ; causas T. 76.L. XX "Toccacelli, Alberto Vitale s/ causa
N? 4269", O. 108. L.XX. "Ordas, Juan José s/ estafa", M. 399, L. XXI.
"Morel de Maltagliati, Alicia y otros s/ amparo", sentencias del 20 de noviembre de 1984, 20 de marzo de 1986 y 13 de octubre de 1987, respectivamente). .
N En segundo lugar y. en cuanto a la existencia de arbitrariedad, fundada en que el a quo haya incurrido en contradicción al encuadrar los hechos en la figura penal militar, apartándose de la calificación legal que con anterioridad les había atribuido cuando confirmó la prisión preventiva obrante a fs. 382/388, encuentro que el recurso intentado es también improcedente.
Con independencia del acierto o error que pudiera adjudicarse al juicio del a quo sobre cuál es la disposición penal a la que se adecuan los hechos de la causa, lo cierto es que esa determinación involucra, en
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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:2462
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