Definición de VICIOS EN LA TRANSACCIÓN


    Son nulas las transacciones cuando sean hechas por error, dolo, miedo, violencia o falsedad de documentos; y pueden ser anuladas en los casos que tengan estos vicios los contratos (art. 857 del Cód. Civ. arg.). (v. NULIDAD DE LA TRANSACCIÓN, VICIOS EN LOS CONTRATOS.)

    [Inicio] >>





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...