- El endoso falso no transmite la propiedad de la letra do cambio, y vicia lodos los endosos posteriores; salvo la acción del portador contra su endosante, la de éste contra el inmediato suyo y así sucesivamente hasta llegar al que dió el falso endoso (art. 629 del Cód. de Com. arg.).
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual