- La herencia o legado de que el autor se hizo indigno se transmite a los herederos con el mismo vicio de indignidad por todo el tiempo que falta para completar 3 años (art. 3.300 del Cód. Civ. arg.). Los instituidos en testamento sin vicio alguno deben pedir también a los jueces la posesión hereditaria, con exhibición del testamento en que sean instituidos (art. 3.413).
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual