Definición de MANDATO PRESUNTO


    Consentimiento más Sutil que el tácito o silencioso, el revelado por los actos o hechos del mandatario e incluso del mandante, es el llamado mandato presunto, en que el "mandatario" obra en interés o en nombre del "mandante", por interpretar que así conviene a éste y que su voluntad, aun no manifestada, es ésta. Tal forma de contratación, variedad de la estipulación a favor de tercero, es nula, salvo ratificación de la persona a cuyo nombre se otorgue, antes de la revocación por la otra parte contratante (art. 1.259 del Cód. Civ. esp.). Mas resulta posible una forma mixta: la de contratar el mandatario, en nombre propio, con el tercero, para total eficacia del negocio; y estar dispuesto a ur»a cesión ulterior y plena a favor del presunto mandante, si este acepta.
    Ejemplo típico de mandato presunto se encuentra en la gestión de negocios ajenos (v.e.v.). Fundándose también en la voluntad presunta del mandante, y como recurso práctico más expedito, el legislador impone a los herederos del mandatario proseguir el mandato hasta que el mandante adopte sus disposiciones (art. 1.739).
    Del mandato que el mandante puede presumir aceptado, pero que el comisionista rechace, surgen obligaciones interinas de orden legal, con la amenaza de resarcir daños y perjuicios si se infringen. En tal caso, el mandatario frustrado debe comunicar su negativa al comitente, valiéndose del medio más rápido (radio o telégrafo) y confirmándolo por el correo más próximo (por carta). Además ha de actuar como depositario provisional, por cuanto debe mostrarse diligente en la custodia y conservación de los efectos que el comitente le hubiera remitido creyendo que iba a aceptar: y eso hasta nombrar éste nuevo comisionista o hacerse cargo el juez de los efectos (art. 248 del Cód. de Com. esp.). (v. MANDATO EXPRESO y TÁCITO.)

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