- En Derecho Político, línea de actuación impuesta como obligatoria a un representante («diputado, concejal, delegado, congresista en asociaciones, juntas o partidos), por los electores o representados. Por tal mandato, el voto del representante SOLO es válido si se ajusta al programa o instrucciones aprobadas; e incluso cabe revocar su representación, (v. "RECALL".)
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