Definición de "MANDATUM IN REM SUAM"


    Locución latina. Mandato en asunto o interés propio. Era el otorgado por un acreedor al cesionario del crédito, para perseguir judicialmente, con el carácter de procurator o cognitor, al deudor. Por liberar el primero al cesionario de rendir cuentas, éste se beneficiaba totalmente de la sentencia pronunciada a su favor contra el deudor.


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