Ello exige que esta Corte cumpla con su deber constitucional de adoptar las medidas apropiadas para evitar la afectación de la administración de justicia que provocaría la inmediata remoción de los actores de los cargos que actualmente desempeñan y establezca pautas claras y concretas acerca de la manera en que los efectos de su pronunciamiento operarán en el tiempo (conf. doctrina de Fallos: 330:2361 ; 338:1216 ).
A su vez, la respuesta que se brinde debe evitar legitimar cualquier acto que pueda colocar a los jueces en una situación de dependencia y precariedad incompatible con el principio de independencia judicial y afectar la transparencia y previsibilidad que debe regir en la actuación de los órganos estatales. Ello es así toda vez que el Estado tiene el deber de garantizar una apariencia de independencia de la magistratura que inspire legitimidad y confianza suficiente no solo al justiciable, sino a los ciudadanos en una sociedad democrática (conf.
Fallos: 338:284 ; 338:1216 ). La libre disponibilidad respecto del traslado de magistrados, aun en casos como el presente, fomentaría la duda objetiva sobre la posibilidad efectiva de los jueces de decidir controversias concretas sin temor a represalias.
20) Que frente a circunstancias excepcionales como las que se suscitan en el presente caso, el Tribunal ha actuado con especial prudencia adoptando soluciones de política judicial tendientes a garantizar la seguridad jurídica y conjurar situaciones que podrían resultar frustratorias de los derechos de los litigantes.
Así, en oportunidad de declarar la invalidez constitucional de distintos regímenes de designación de jueces subrogantes, esta Corte ha procurado evitar las consecuencias negativas que se derivarían de la inmediata caducidad de esas designaciones, y lo hizo a través de soluciones ad hoc que establecieron períodos de transición para permitir que los restantes poderes del Estado, en ejercicio de sus atribuciones, procedan a adoptar las medidas necesarias para superar las objeciones constitucionales que habían motivado la decisión.
En ese sentido, en el citado precedente "Rosza" (Fallos: 330:2361 ), la Corte resolvió que los jueces subrogantes cuyas designaciones habían sido efectuadas sobre la base del régimen de subrogaciones declarado inconstitucional en esa misma decisión, continuaran transitoriamente en el ejercicio de sus cargos y que su actuación jurisdiccional
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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:1565
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