III. Ordenar al Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación que llame a un nuevo concurso para cubrir las dos vacantes correspondientes en la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal, debiendo garantizar el derecho de los actores a participar de dicho concurso.
IV. Declarar que los actores conservarán los cargos de jueces de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal hasta la conclusión del proceso de designación de magistrados para esas vacantes, de acuerdo con lo previsto en los arts. 99, inc. 4, y 114, incs. 19 y 2, de la Constitución Nacional.
V. Declarar que lo aquí decidido no afecta la validez de las actuaciones cumplidas por los actores hasta la fecha de designación de los jueces titulares de los cargos que ocupan.
Notifíquese y, oportunamente, devuélvase.
ELENA I. HIGHTON DE NoLAsco.
DISIDENCIA DEL SEÑOR PRESIDENTE Doctor Don CARLOs FERNANDO
ROSENKRANTZ
Considerando:
19) Que los magistrados Pablo Daniel Bertuzzi y Leopoldo Oscar Bruglia interpusieron acción de amparo solicitando la declaración de inconstitucionalidad y nulidad de la resolución 183/20 del Consejo de la Magistratura de la Nación, por la cual este órgano —por mayoría de siete (7) votos contra seis (6)— encomendó al Poder Ejecutivo Nacional y al Senado de la Nación la revisión de, entre otras, sus designaciones efectuadas por los decretos 278/18 y 835/18 para desempeñarse en el cargo de jueces de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal.
En lo sustancial, argumentaron que sus designaciones como jueces de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccio
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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:1568
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