poco que se repare en que, al disponerse el traslado, no sólo se modificó el lugar de trabajo, sino también la situación de revista". Puntualizó que, como se encontraba "sumariamente acreditado que el actor...se hallaba bajo el amparo de la tutela sindical", la demandada estaba impedida de modificar el contrato de trabajo sin tramitar en forma previa el proceso de exclusión razón "por la cual cabe considerar satisfecho el recaudo de verosimilitud del derecho". Sostuvo, asimismo, que el peligro en la demora quedaba latente "desde el momento en que la alteración en cuestión afecta al trabajador, pues la espera a una resolución definitiva puede ocasionar daños".
3 Que contra tal pronunciamiento la AFIP dedujo el recurso extraordinario -cuya denegación dio origen a esta queja- en el cual, invocando cuestión federal y arbitrariedad, cuestiona que se haya entendido configurado un "traslado" cuando el actor revistaba con cargo permanente en Buenos Aires, donde residía, en tanto que los servicios prestados en Salta habían correspondido a una asignación temporaria y "en comisión". Asevera, asimismo, que el cambio fue solicitado por el propio agente y que en modo alguno afectaba su actividad sindical la cual se desarrollaba en la Capital Federal.
4) Que si bien las resoluciones sobre medidas cautelares, sea que las ordenen, modifiquen o levanten, no revisten, como regla, carácter de sentencias definitivas en los términos que exige el art. 14 de la ley 48 para la procedencia del recurso extraordinario (Fallos:
327:5068 ; 329:440 , entre muchos otros), ese principio reconoce excepciones en situaciones, como la del sub lite, en que la decisión se basa en apreciaciones genéricas y se desentiende del examen y tratamiento de argumentos conducentes, oportunamente propuestos, a punto tal que afecta de manera sustancial el derecho de la apelante Fallos: 308:1662 ; 314:1358 ; 330:4226 y causa CSJ 641/2011 (47-M)/CS1 "Márquez, Alfredo Jorge c/ ANSeS y otro s/ incidente", sentencia del 20 de agosto de 2014, entre otros).
5 Que es apropiado recordar que las medidas cautelares, como resulta de su naturaleza, no exigen de los magistrados el examen de certeza sobre la existencia del derecho pretendido, sino solo de su verosimilitud Fallos: 330:5226 ). En el caso, el a quo ha sustentado el juicio de verosimilitud en dos circunstancias: que el actor contaba con protección especial en virtud de su cargo sindical y que el traslado implicó una modificación contractual para la cual era necesario requerir la previa exclusión judicial
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Año: 2019, CSJN Fallos: 342:75
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