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Fallos: 342:157 de la CSJN Argentina - Año: 2019

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La empleadora se agravia del rechazo de la prescripción por los jueces de la causa, la atribución de responsabilidad y la cuantía del resarcimiento. Por su parte, la ART reclama el rechazo de la demanda a su respecto. Sostiene que se encontraba obligada a realizar los estudios periódicos exclusivamente a los trabajadores expuestos a los agentes de riesgo determinados por el decreto 658/96, de conformidad con lo reglado por el art. 3° de la resolución 43/97 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, en base a la información brindada por los empleadores. Afirma que, al momento de la afiliación, el trabajador no se hallaba expuesto a sustancia nociva alguna y que la empresa no le informó ninguna circunstancia contraria; de ahí que no hubo omisión de su parte.

Asimismo, expresa que no existen elementos en el expediente que demuestren que un examen preventivo hubiese detectado la presencia de la patología cancerosa que se manifestó cinco años después del fin de la relación laboral. Finalmente, se agravia pues, a su juicio, se habría violado el principio de congruencia y cuestiona la cuantía del resarcimiento.

4 Que el recurso extraordinario interpuesto por la empleadora es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).

5 Que, si bien las objeciones planteadas por la ART se vinculan con cuestiones de hecho, prueba y derecho común, ajenas —como regla y por su naturaleza— al remedio del art. 14 de la ley 48, en este caso particular cabe hacer excepción a este principio dado que el pronunciamiento apelado no contiene una apreciación razonada de las constancias de la causa, lo que lo descalifica como acto jurisdiccional, afectando las garantías de defensa en juicio y debido proceso de la recurrente (Fallos: 298:21 ; 324:1994 ; 327:2273 ; 329:2024 , entre muchos otros).

6 Que este Tribunal tiene dicho que no existe razón alguna para poner a una ART al margen del régimen de responsabilidad previsto por el Código Civil por los daños a la persona de un trabajador derivados de un accidente o enfermedad laboral, en caso que se demuestren los presupuestos de aquel que incluyen: a) el acto omisivo ilícito; y, b) el nexo causal adecuado (excluyente o no) entre dichos daños y la omisión o el cumplimiento deficiente de los deberes legales impuestos

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Año: 2019, CSJN Fallos: 342:157 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-342/pagina-157

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