A suvez, sostiene que la sentencia omite encuadrar la cuestión en el marco de la doctrina de la "real malicia" elaborada porla Corte, a pesar de que el demandante no demostró que los responsables de la noticia difundida hayan actuado en forma dolosa, es decir, que la publicación haya sido hecha con conocimiento pleno de la falsedad de lo publicado o con una marcada despreocupación (culpa grave inexcusable), que se trasluzca en un temerario desprecio por la obtención de la verdad.
— HI A mi modo de ver, el recurso extraordinario es formalmente admisible, en tanto existe cuestión federal en los términos del inc. 3 del art. 14, ya que si bien el reclamo del actor se refiere a un supuesto de responsabilidad civil, la alzada decidió en forma contraria a las pretensiones de la demandada fundadas en las previsiones constitucionales sobre las que se asientan las doctrinas de la Corte sobre la "real malicia" y en la causa "Campillay" (cf. doctrina de Fallos: 327:3560 ).
En lo concerniente a las causales de arbitrariedad invocadas, estimo que se vinculan de modo inescindible con los temas federales en discusión y, por lo tanto, deben ser examinados en forma conjunta doctrina de Fallos: 308:1076 ; 322:3154 ; 323:1625 ; 329:1631 , entre muchos otros).
—IV-
La publicación del medio demandado tuvo por finalidad informar la detención de un "nieto de Alvaro Alsogaray, por amenazar a Bonasso", identificando al autor del hecho como aquel "que se llama igual que su abuelo y que su padre -le dicen Alvarito— (fs. 8).
En este caso, el actor se agravia porque se lo involucró erróneamente en un hecho delictivo, al identificarlo por su nombre como la persona que había sido detenida por la Policía Federal acusada de haber cometido el delito de amenazas, cuando en realidad era su hermano, Gonzalo Alsogaray, la persona en cuestión.
Con relación al derecho a la libertad de expresión —que el apelante sostiene que fue desconocido en el sub lite—V.E. ha declarado en forma reiterada el lugar eminente que tiene en un régimen republicano. En
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Año: 2011, CSJN Fallos: 334:1717 
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