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Fallos: 334:1722 de la CSJN Argentina - Año: 2011

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MELO, LEOPOLDO FELIPE y OTROS c/ MAJUL, LUIS MIGUEL
DAÑos Y PERJUICIOS
LIBERTAD DE PRENSA.
Cabe revocar la sentencia que hizo lugar a la demanda interpuesta por los hijos y la madre de uno de los socios fundadores de un diario —quien falleciera al poco tiempo de la venta del mismo- contra un periodista por los daños y perjuicios que dicen haber sufrido con motivo de un libro de su autoría, en el que se aludió al suicidio de aquél, pues la alzada se limitó a afirmar de un modo dogmático que la doctrina de la "real malicia" se aplicaba a la prensa escrita, oral, televisiva, etc. pero no a los libros, porque en estos el autor cuenta con tiempo y elementos suficientes para meditar y revisar lo que escribe, interpretación ésta que no condice con la amplitud de la teoría receptada por el Tribunal, que al aludira la "real malicia" se refiere a datos no veraces propalados por la prensa escrita, oral o televisiva, sin establecer salvedad alguna.


LIBERTAD DE PRENSA.
Cabe revocar la sentencia que hizo lugar a la demanda interpuesta por los hijos y la madre de uno de los socios fundadores de un diario —quien falleciera al poco tiempo de la venta del mismo-, contra un periodista por los daños y perjuicios que dicen haber sufrido con motivo de un libro de su autoría, en el que se aludió al suicidio de aquél, pues el a quo ha soslayado el examen constitucional que el caso exigía y que fue invocado por el autor del libro durante todo el pleito con el objeto de demostrar que la afirmación errónea publicada merecía inmunidad de conformidad con los términos de la doctrina de la real malicia y, en consecuencia, la alzada ha tomado una decisión sin atender a las pautas que la Corte ha determinado al interpretar la libertad de expresión y prensa establecida en el art. 14 de la Constitución Nacional.


LIBERTAD DE PRENSA.
Cabe revocar la sentencia que hizo lugar a la demanda interpuesta por los hijos y la madre de uno de los socios fundadores de un diario —quien falleciera al poco tiempo de la venta del mismo contra un periodista por los daños y perjuicios que dicen haber sufrido con motivo de un libro de su autoría, en el que se aludió al suicidio de aquél, dado que asiste razón al demandado en cuanto sostiene que la información publicada sobre el fallecimiento tuvo relación con la investigación acerca de la creación, fundación y crecimiento del diario como un medio gráfico de comunicación social de reconocida circulación, tiraje y alcance nacional, circunstancia que basta para concluir que lo informado por el periodista en su libro presenta un interés público o general y que el relato de la forma en que falleciera aquél resulta conducente para describir la forma cómo se habría originado uno de los diarios de mayor difusión nacional (Voto de la jueza Highton de Nolasco).

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Año: 2011, CSJN Fallos: 334:1722 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-334/pagina-1722

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