Civil y con fuerza de pago respecto de deudas exigibles conforme lo disponen los artículos 818 y 819 (Fallos: 329:2876 ) y expeditas según lo prescripto por el artículo 822 del mismo cuerpo legal.
En definitiva, la reedición de cuestiones debatidas en el fuero contencioso administrativo federal importa una superposición de procesos que va en desmedro del principio de celeridad procesal con el peligro de pronunciamientos contradictorios que puede acarrear un perjuicio no susceptible de reparación ulterior, por lo que, conforme ha sostenido V.E. corresponde revocar la decisión que —sin considerar de manera razonada los argumentos tendientes a demostrar que la tutela del derecho invocado no podría hacerse efectiva en una oportunidad posterior— rechazó la vía recursiva mediante la invocación de una fórmula dogmática (Fallos: 327:423 ; 328:3869 , entre otros).
Por lo expuesto, opino que corresponde declarar procedente la queja, admitir el recurso, dejar sin efecto la sentencia y restituir los autos al tribunal de origen para que, por quien proceda, se dicte un nuevo fallo con arreglo a lo indicado. Buenos Aires, 4 de junio de 2008.
Esteban Righi.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 17 de marzo de 2009.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Estado Nacional en la causa Correo Argentino S.A. s/ concurso preventivo s/ incidente de revisión promovido por la concursada al crédito del Estado Nacional Argentino", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que las cuestiones propuestas por el apelante han sido objeto de adecuado tratamiento en el dictamen del señor Procurador General, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir por razones de brevedad.
Por ello, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Vuelvan las
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Año: 2009, CSJN Fallos: 332:493
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