tenga derealizar actos tendientes al cobro del impuesto a los ingresos brutos con fundamento en la resolución interna 252 del 13 de agosto de 2004 de la Dirección General de Rentas. Notifíquese al señor gobernador por oficio. Notifíquese a la actora la presente decisión.
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — CARLOS S. FAYr — Juan CARLOs MAquEDA — E. RAÚL ZAFFARONI — CARMEN M. ArGIBAY.
Profesionales intervinientes: Dres. Fernando M. A. Buzzo y Daniel E. Frontera.
GASOLEO S.A. v. AUTOPISTAS URBANASS.A.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia. Cuestiones civiles y comerciales. Locación.
Si de los elementos de juicio que obran en la causa se despr ende que el objeto de ambos procesos —desalojo y ejecución de alquileres— se fundamenta en normas de derecho común, corresponde la radicación de ambas causas ante la justicia nacional de primera instancia en lo civil a los fines de homologar el convenio conciliatorio celebrado, máxime cuando las partes acordaron en el contrato base de la acción, someterse a los tribunales ordinarios.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
na (Fallos: 317:1921 , disidencia de los jueces Nazareno, Fayt y Boggiano y causa H.9.
XIX "Hidronor S.A. c/ Neuquén, Provincia del s/ expropiación", disidencia de los jueces Nazareno y Boggiano, sentencia del 2 de noviembre de 1995 —Fallos: 326:1673 -, entreotros) y desde entonces hasta el efectivo pagoa la tasa que corresponda según la legislación que resulte aplicable (Fallos: 316:165 ).
Por ello, se decide: Hacer lugar ala demanda, declarar la improcedencia de la pretensión fiscal de la demandada, y condenar a la Provincia de Catamarca a pagar a Transnoa S.A. la suma de 6.303,52 pesos, con más los intereses que se liquidarán en la forma indicada en el considerando precedente. Con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ). Notifíquese y, oportunamente, archívese.
ANTONIO BOGGIANO.
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:4181
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