FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 26 de septiembre de 2006.
Autos y Vistos; Considerando:
1 ) Que Transnea S.A. inicia la presente acción declarativa en los términos del art. 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación contra la Provincia del Chaco con el objeto de que el Tribunal declare inconstitucional la pretensión provincial consistente en gravar con el impuestoa losingresos brutos el transporte de energía eléctrica por distribución troncal que le fue otorgado en concesión por el Estado Nacional.
2 ) Quela presente demanda corresponde a la competencia originaria de esta Corte, por lo que en razón de brevedad cabe remitirsea los fundamentos expuestos por el señor Procurador General en su dictamen de fs. 36.
3 ) Que por los diversos motivos que se esgrimen en el escrito inicial la actora solicita el dictado de una medida de no innovar afin de que se ordene a la demandada que se abstenga de llevar adelante cualquier acción tendiente a la percepción del gravamen de que setrata.
Que en el casola situación descripta es sustancialmente análoga a la planteada en la causa T.181.XXXV "Transnoa S.A. c/ Catamarca, Provincia de s/ inconstitucionalidad" (°), pronunciamiento del 27 de °) Dicha sentencia dice así:
TRANSNOA S.A. v. PROVINCIA De CATAMARCA
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 27 de junio de 2002.
Vistos los autos: "Transnoa S.A. c/ Catamarca, Provincia des/inconstitucionalidad", de los que Resulta:
1) A fs. 144/157 se presenta Transnoa S.A. e inicia demanda contrala Provincia de Catamarca afin de que se dedare la inconstitucionalidad de la aplicación a su respecto
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:4178
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