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Fallos: 327:4875 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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cual excluye la hipótesis de una captación indebida de beneficio y revela una razonable posibilidad de que la titular haya desarrollado labores domésticas con su escasa capacidad residual, circunstancia que lleva a confirmar la sentencia apelada (fs. 150).

Por ello, se declara procedente el recurso ordinario y se confirma la sentencia apelada. Costas por su orden (art. 21 de la ley 24.463).

Notifíquese y devuélvase. .


ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO — CAros S.
FAyYr — ANTONIO BOGGIANO (en disidencia) — Juan CARLos MAQUEDA —
E. RAÚL ZAFFARONI.

DISIDENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON ANTONIO BOGGIANO
Considerando: , Que contra el pronunciamiento de la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmó el fallo de la instancia anterior que había admitido la demanda y reconocido el derecho de la actora a la jubilación por invalidez, la demandada dedujo recurso ordinario que fue concedido. - - Que el recurso ordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación — Fallos: 320:2336 ; 323:2131 , 3009, 3130, 3303; 325:1395 , disidencias del juez Boggiano). .

Por ello, se declara inadmisible el recurso ordinario. Costas por su orden. Notifíquese y devuélvase.

ANTONIO BOGGIANO.
Recurso ordinario interpuesto por la Administración Nacional de la Seguridad Social, representada por los Dres. Lorenzo de la Torre, María del Zampar y María Elena Sosa.

Traslado contestado por Esther Ramona Cabral, representada por los Dres. Mauricio Salvador Taborda y Susana Lía Trod.

Tribunal de origen: Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia N° 2 de Santa Fe. ,

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:4875 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-4875

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